País
Preocupa cambios la Ley de Información Pública
3 de septiembre de 2024
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifestó su preocupación por el decreto que dictó el Gobierno nacional por el cual se modificaron reglamentaciones de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Según Adepa, el decreto 780/2024, contiene excepciones “que, por su amplitud y vaguedad, podrían habilitar a los funcionarios a incumplir su obligación de permitir el acceso a la información pública bajo el pretexto de genéricos ‘daños y perjuicios’ o con fundamento en un supuesto ‘interés público'».
En esa línea, la entidad consideró que esas restricciones «podrían afectar tanto el respeto de los principios receptados por la ley como los estándares constitucionales e internacionales en esta materia».
Además, la institución sostuvo que esas modificaciones podrían ocasionar «aplicaciones restrictivas» e incompatibles con el texto legal, con los principios constitucionales y con los tratados internacionales que imponen el acceso irrestricto a toda información que se vincule con el desempeño de los funcionarios públicos».
A su vez, en el escrito publicado, Adepa le recordó al Poder Ejecutivo los «principios consagrados en el artículo 1° de la Ley de Acceso a la Información, y que se encuentran fuera del alcance de la competencia regulatoria del Poder Ejecutivo, figuran los de ‘presunción de publicidad’, ‘máxima divulgación’, ‘máximo acceso’, ‘alcance limitado de las excepciones'» e «in dubio pro petitor» («ante la duda, a favor del peticionante»).
Para Adepa, uno de los cambios más preocupantes del decreto marcha por el alcance de las definiciones de información pública y documento, establecidos en el artículo 3º del texto original. En ese punto, el Gobierno estableció que «no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria».
Según la institución, la definición original de esa Ley prescribía que información pública es «todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la presente ley generen, obtengan, transformen, controlen o custodien».
En ese contexto, Adepa dejó en claro que los «funcionarios públicos tienen derecho a la privacidad y que en todo gobierno democrático pueden existir aspectos muy específicos que deban permanecer temporalmente fuera del conocimiento público, se trata de casos excepcionales, a los que sólo puede llegarse luego de acreditar la necesidad inaplazable de impedir que la ciudadanía conozca acabadamente la actividad de sus mandatarios».
«El secreto es, en ocasiones, un remedio inevitable para el sostenimiento de un régimen democrático. Su extensión más allá de lo excepcionalmente necesario precipita a una pendiente que imposibilita hacer efectiva la responsabilidad pública de las autoridades. Y es una manera de socavar las bases republicanas del país», subraya el documento difundido por Adepa.
Para concluir, Adepa consideró que «necesario que el Poder Ejecutivo revise este tipo de reglamentaciones que desnaturalizan lo preceptuado por la ley, la Constitución y los estándares interamericanos de derechos humanos».
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Rige nueva reforma laboral
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, luego de que el Congreso aprobara la iniciativa durante el período de sesiones extraordinarias. La norma fue publicada en el Boletín Oficial tras varios días de revisión de su redacción final.
La medida quedó registrada como Ley Nº 27.802 y comenzó a regir desde la madrugada con la publicación del Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
En el decreto de promulgación se establece: "En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026". La normativa también fue incorporada a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
La ley fue publicada con 25 capítulos y, durante el proceso final de revisión, se eliminaron los artículos que proponían cambios en el régimen de licencias médicas.
Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido. La nueva normativa excluye del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, y establece un esquema con montos mínimos y máximos.
Según el texto, la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad. Al mismo tiempo, se fija un piso del 67 % de la remuneración habitual. En caso de aplicarse el tope del convenio, la reducción de la base salarial no podrá superar el 33 %.
La ley también establece que las empresas grandes podrán pagar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pequeñas y medianas empresas podrán hacerlo en hasta doce cuotas. Además, las indemnizaciones judiciales se actualizarán por inflación, con un adicional del 3 % anual.
Otra de las novedades es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que estarán financiados con aportes obligatorios de los empleadores: 1 % de las contribuciones patronales en grandes empresas y 2,5 % en pymes. Estos fondos buscarán garantizar el pago de indemnizaciones mediante cuentas inembargables bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.
En materia salarial, la reforma incorpora el concepto de "salario dinámico", que podrá acordarse en convenios colectivos y vincula parte de la remuneración al desempeño o rendimiento individual. Además, el pago de salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.
Vacaciones y jornada laboral
La normativa mantiene la obligación de otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores acuerden fraccionarlas, siempre que cada período no sea menor a siete días corridos.
En relación con la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista acuerdo voluntario dentro de esquemas flexibles, como bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. También se contempla la contratación de trabajadores a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la legal completa.
La ley establece que la cuota solidaria sindical seguirá siendo descontada por los empleadores, aunque con un límite del 2 % del salario mensual.
Además, se otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por actividad. También se modifican las reglas de la denominada "ultraactividad", es decir, la vigencia automática de convenios colectivos una vez vencidos.
En cuanto al derecho de huelga, se fijan nuevas condiciones para los servicios esenciales, como salud, agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial y control portuario, entre otros. En estos casos deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75 % del personal.
Para los denominados servicios de importancia trascendental, entre ellos el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, deberá mantenerse al menos el 50 % de la actividad.
La normativa también establece que las asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa requerirán autorización previa del empleador.
Incentivos y nuevas inversiones
La ley crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que incluye un mecanismo de regularización laboral. Este esquema prevé la condonación de hasta el 70 % de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que registren trabajadores no declarados.
Además, se implementa un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8 % anual. El beneficio será mayor para quienes contraten a trabajadores que no estaban registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como a exmonotributistas o extrabajadores del sector público.
La normativa también establece un régimen de estímulo para inversiones medianas, con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA. Este esquema tendrá una vigencia de dos años y estará dirigido a empresas que inviertan entre 150.000 y 9 millones de dólares en bienes muebles nuevos u obras productivas, con excepción de automóviles.
Con el objetivo de reducir la litigiosidad, la ley establece que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme. También fija que los honorarios profesionales no podrán superar el 25 % del monto reclamado.
Finalmente, se dispuso que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o del sistema federal. (Infobae)
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ANSES nunca solicita datos personales, claves o información bancaria
ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que no se comunica para solicitar datos personales, claves o información bancaria de manera telefónica, por correo electrónico, redes sociales ni mensajes de texto. En el mismo sentido, vale destacar que todas las consultas y los trámites de ANSES son gratuitos y no requieren de gestores ni intermediarios.
Toda publicación que circule por fuera del sitio oficial, anses.gob.ar, que remita a formularios, correos electrónicos o mensajes de texto debe desestimarse inmediatamente. Asimismo, se recomienda denunciar estos casos ante la Dirección de Asuntos Penales, Integridad y Sumarios de ANSES, desde donde se llevarán a cabo las acciones necesarias.
Esta advertencia surge tras recientes intentos de estafa en los que personas inescrupulosas se hacen pasar por personal del organismo, quienes les solicitan a los ciudadanos que registren sus datos con el argumento de obtener beneficios económicos.
Canales oficiales habilitados para efectuar denuncias
· A través de la web en mi ANSES > Denuncias y Reclamos > Hacer una denuncia.
· Personalmente en Av. Paseo Colón 329, 5° piso, CABA, o en la oficina de ANSES más cercana.
· Por escrito, mediante envío de correo postal a Av. Paseo Colón 329, 5° piso, frente, C.P. 1063, CABA.
· Telefónicamente, a través de la línea 130.
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Mariano Cúneo Libarona ya tiene reemplazante
El presidente eligió al fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, para conducir el Ministerio de Justicia de la Nación
La renuncia del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, se confirmó este miércoles de manera oficial junto con el nombre de su sucesor. El presidente Javier Milei anunció que Juan Bautista Mahiques ocupará el cargo y así despejó las dudas sobre el recambio en el gabinete.
"Muchas gracias por estos más de dos años de incansable trabajo", dijo el jefe del Estado argentino sobre la salida de uno de los funcionarios que lo venía acompañando desde que inició su mandato. El cambio estaba en carpeta desde noviembre pasado, cuando el abogado penalista y docente planteó la necesidad de abandonar su función.
A través de redes sociales, el líder de La Libertad Avanza (LLA) ratificó el rumbo de su administración a pesar del alejamiento de Cúneo Libarona. En este sentido anticipó que Mahiques "continuará trabajando para hacer grande a la Argentina nuevamente".
La partida del ministro de Justicia de la Nación empezó a gestarse el año pasado a partir de la renuncia del excanciller Gerardo Werthein. El abogado porteño tomó la decisión antes de las elecciones legislativas del 26 de octubre y llegó a anunciarlo públicamente: " Me voy muy feliz. Dejé la vida en la gestión. Más que por la salud, es por la necesidad de recuperar mis afectos. De acá en adelante voy a ayudar gratis en lo que el gobierno precise".Después del triunfo del oficialismo en los comicios, el presidente le pidió al funcionario que se quede y lo consiguió. No obstante, sólo se trataba de una postergación. En las semanas siguientes trascendió que la salida se había reprogramado para marzo y esta vez no hubo vuelta atrás.
En aquella oportunidad, la continuidad se acordó con el respaldo de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Esta opción parecía favorable frente a la alternativa de dejar la cartera en manos del secretario de Justicia, Sebastián Amerio. Este último tiene un vínculo mucho más cercano a Santiago Caputo, otro de los asesores clave del primer mandatario.
Cuatro meses después, Cúneo Libarona presentó la renuncia y el proceso de elección del sucesor se resolvió con una nueva figura. De esta manera se modifica el mapa de relaciones del gobierno con distintos actores políticos. Entre ellos se destaca la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por las recientes denuncias penales contra el presidete Claudio "Chiqui" Tapia y el tesorero Pablo Toviggino.

