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MEDIA SANCION

30 de abril de 2024

Luego de una sesión maratónica, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la nueva versión de la Ley Bases y el paquete fiscal enviado por el Poder Ejecutivo (PE). Se trata de la primera victoria legislativa de la administración del presidente Javier Milei.

La votación de ley Bases recibió 142 votos a favor, 106 en contra y cinco abstenciones. En el debate en particular se aprobaron las facultades delegadas para el mandatario, las privatizaciones de una decena de empresas del Estado y la reforma laboral, entre otros

El paquete fiscal, que incluye un blanqueo, la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias y las modificaciones a Bienes Personales, se aprobó en general por 140 votos a favor, 103 en contra y seis abstenciones.

Durante la discusión en particular de la ley Bases se introdujo un artículo por el que se instruyó al Poder Ejecutivo a que, en el plazo de 30 días, “envíe a este Congreso un proyecto de ley tendiente a incrementar los recursos corrientes de la Administración en un 2% del Producto Bruto Interno (PBI), mediante la supresión o modificación de exenciones tributarias, beneficios impositivos o de cualquier otro gasto tributario en los términos del Artículo 2° del decreto 1.731/2004″. 

Una presión para desarticular los regímenes especiales, como el que beneficia a los industriales electrónicos de Tierra del Fuego.

La modificación de las escalas del Monotributo fue muy cuestionada y derivó en un cuarto intermedio de quince minutos para salvar las diferencias en este punto. Finalmente, se aprobó por 142 votos afirmativos, 104 rechazos y dos abstenciones tras incorporar una modificación consensuada con la oposición, mediante la que se determinó que los cambios en las escalas “comenzarán a regir a los 90 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial”.

Muchos legisladores de la izquierda, el kirchnerismo, el socialismo, el radicalismo y la Coalición Cívica cuestionaron la eliminación tácita del monotributo social por la actualización de las escalas del impuesto. 

Esto podría dejar a muchos monotributistas en riesgo de tener que abandonar el sistema simplificado para ir al más oneroso régimen impositivo general (con inscripción en IVA y Ganancias y con el pago de aportes previsionales como autónomos), aun cuando sus ingresos muy probablemente disminuyeron en términos de capacidad de compra.

Terminado el receso, el diputado José Luis Espert, miembro informante del proyecto del Gobierno, anunció la postergación en la entrada en vigencia del tributo, que salvó este punto. Tras ello, el diputado Itaí Hagman (UxP) anticipó el rechazo de su bloque, aunque valoró “el compromiso para que en los próximos 90 días podamos discutir una propuesta superadora de las escalas para evitar que 1,5 millones de personas pasen a tributar más”, consignó La Nación.

Paquete fiscal

Previamente, se había avanzado en uno de los asuntos más conflictivos, que fue la reversión del impuesto a las Ganancias, específicamente en la definición de los pisos mínimos no imponibles. No obstante, este tributo fue reinstalado por 133 avales, 113 rechazos -fundamentalmente de los legisladores patagónicos- y cuatro abstenciones.

Al igual que lo que hizo en relación con la Ley Bases, el Gobierno accedió a modificar varios puntos de este proyecto para acercar posiciones con los bloques de la oposición dialoguista y evitar sorpresas en el recinto. Puntualmente, aceptó actualizar semestralmente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) las escalas de Ganancias y el Monotributo. 

La administración libertaria pretendía hacerlo de manera anual, pero los legisladores aliados exigieron una mayor periodicidad en el reajuste para evitar que por el efecto inflacionario se sumen contribuyentes a pagar el tributo.

También se consensuó un premio al buen contribuyente en la moratoria. Para las personas físicas, se pautó una reducción del 0,5% en la alícuota de Bienes Personales para 2023, 2024 y 2025; mientras que se definió una baja del 0,125% para las personas jurídicas en ese mismo período.

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Controladores aéreos en alerta por posible paro

Por estas horas se define sobre la continuidad del servicio en los aeropuertos más importantes del país. Es que hoy vence la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno nacional para solucionar el conflicto entre los controladores aéreos, que reclaman hace meses por mejoras salariales, y la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA). La última reunión tendrá lugar a las 11:15 y, según anticiparon, de no llegar a un acuerdo se tomarían medidas de fuerza inmediatas.

La Secretaría de Trabajo intentará destrabar la negociación en una audiencia esta mañana, para evitar el paro de los controladores aéreos. Si se consigue un mínimo acercamiento de las partes, es probable que se busque extender el plazo de la conciliación hasta al menos 5 días más.

La última conciliación había sido dictada el 23 de diciembre, luego de que la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (Atepsa) anunciara una medida de fuerza que se extendía desde el miércoles 17 hasta el lunes 29 de diciembre, afectando vuelos nacionales e internacionales.

Si bien, en un primer momento, la conciliación logró neutralizar el plan de lucha de Atepsa, el conflicto con la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) no encontró vía de resolución hasta el momento. Lo cierto es que la demanda por mejoras salariales no es nueva, las protestas estuvieron presentes en junio, agosto, noviembre y diciembre de 2025.

El trabajo de los controladores aéreos resulta esencial para la operación de los vuelos y, con el recambio de quincena y el aumento de viajes, el acuerdo salarial y el bienestar del sector se vuelve una prioridad para el normal funcionamiento de los aeropuertos.


Desde Atepsa iniciaron las medidas de fuerza luego de meses de falta de resolución a distintos conflictos. Los controladores aéreos no solo piden que se atienda el deterioro salarial del sector sino que también se han denunciado incumplimientos del Convenio Colectivo de Trabajo, falta de diálogo por parte de EANA y despidos sin causa. Asimismo, se ha acusado la existencia de acuerdos salariales y laborales incumplidos, firmados tras paritarias cerradas.

En un comunicado oficial, el gremio declaró: “Durante todo este tiempo, la empresa no realizó ninguna oferta respecto a los puntos centrales del conflicto: despidos de trabajadores con estabilidad laboral, falta de revisión de los ítems del Convenio Colectivo de Trabajo y ausencia de una política salarial que permita una recomposición real y sostenida, acorde a la pérdida del poder adquisitivo acumulado”.


Por su parte, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) manifestó que “a pesar de la postura permanente de intransigencia del gremio, se está trabajando ininterrumpidamente para lograr destrabar el conflicto con el objetivo de garantizar la normalidad en la operación de los vuelos en plena temporada alta de verano”. Además, comunicaron su "voluntad de apertura al diálogo y de poder seguir negociando para llegar a una solución".

Ante la fortaleza de la medida del gremio, EANA apuntó contra Atepsa, acusándolos de querer "generar daño" antes que mejorar sus condiciones laborales. No obstante, los reclamos por parte de los trabajadores datan de hace al menos 6 meses en los que, entre acuerdos transitorios y conciliaciones, no se logró resolver la situación laboral del sector.

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Sale a la venta el chalet con vistas al Obelisco porteño

El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.

El chalet y su altillo, que constituyen uno de los hitos arquitectónicos más destacados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se encuentra a la venta junto a al edificio de estilo francés de más de 10.300 metros cuadrados construidos, ubicado en Sarmiento al 1100, y tiene un valor de 8 millones de dólares.

Cuenta con nueve pisos de oficinas, un subsuelo, planta baja con local comercial, cocheras y tres ascensores.

Pusieron en venta el chalet con vistas al Obelisco porteño
El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.

El chalet Díaz, que corona la edificación, responde a un estilo normando, con techo de tejas, inspirado en la clásica arquitectura marplatense. Fue construido en 1927 por Rafael Díaz, inmigrante español y fundador de Muebles Díaz, una de las mueblerías más importantes de Buenos Aires durante buena parte del siglo XX.

El chalet fue testigo de los ensanchamientos de la 9 de Julio y de la construcción del Obelisco, inaugurado en 1936.

Además de esa vista única, el chalet tiene cinco ambientes, el altillo y dos terrazas: 200 metros cuadrados cubiertos en total. Conserva gran parte de sus elementos originales, entre ellos pisos de pinotea, aberturas, ventanales y luminarias de época.

Fue declarado Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la categoría “Sitios o Lugares Históricos”, bajo el amparo de la ley 1.227. Por lo tanto, cualquier proyecto que realicen los eventuales compradores del conjunto estará condicionado a ese estatus histórico y deberá adecuarse a las normas vigentes en materia de accesibilidad, seguridad y prevención de incendios.

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ARCA elimina la actualización automática de montos


ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.

El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.

Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.

Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.

Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.

El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.

Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.

Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.

En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.

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