País
Un nuevo peritaje reveló las causas de muerte de D1OS
29 de abril de 2024
Un nuevo peritaje médico establece que Diego Armando Maradona murió el 25 de noviembre del 2020 por un “paro cardiorrespiratorio secundario a edema agudo de pulmón producido por insuficiencia ventricular izquierda agusane un cuadro agónico de corta duración, siendo estimado en minutos o a lo sumo en pocas horas”.
Las conclusiones fueron presentadas por el perito forense Pablo Ferrari, experto oficial de la Suprema Corte Bonaerense en la asesoría pericial de San Isidro. Fue pedido por el abogado de Leopoldo Luque, Julio Ribas; y el de Agustina Cosachov, Vadim Mischanchuk.
El primer y único informe que había sobre la muerte de Maradona hasta el momento era el de la Junta Médica elaborado por Policía Científica Bonaerense, que había señalado una insuficiencia cardíaca con agonía de hasta doce horas y por eso habían concluido que su muerte había sido previsible y que el accionar médico fue “deficiente, ineficiente e indiferente”.
En función de ello, es que el neurocirujano Luque y la psiquiatra Cosachov junto a otras seis personas (Están imputados el psicólogo Carlos Ángel Díaz, Nancy Edith Forlini, los enfermeros Gisella Dahiana Madrid y Ricardo Omar Almirón, su jefe Mariano Perroni y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna) están acusadas y con juicio a iniciar el próximo 4 de junio por homicidio simple por dolo eventual. Es decir, sabían que Maradona podía morir y nada hicieron para evitarlo. Este nuevo informe sostiene que no fue agonía sino que fue abrupto.
Según el estudio del forense Ferrari presentado ante el Tribunal Oral Criminal 3 de San Isidro, Maradona tuvo una “arritmia ventricular aguda de origen orgánico o la acción externa de un elemento distinto al natural no pudiendo descartar la presencia de un tóxico ajeno a las drogas terapéuticas”.
En ese sentido, el perito recordó que Maradona tuvo “antecedentes de consumo”.
Además, denuncia una irregularidad en cuanto a las muestras de orina una vez que se hizo la autopsia de Maradona horas después de ese 25 de noviembre pasado.
Según señaló, se extrajeron 300 mililitros de orina para ser examinados pero a laboratorio llegaron apenas dos tubos con 12 milímetros cada uno y con firmas adheridas a los mismos que son “ilegibles”. Ello sería insuficiente para hacer los análisis del caso y por eso la gravedad de lo señalado, de acuerdo a las fuentes consultadas.
La autopsia
Maradona falleció a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 y la autopsia determinó que su deceso se produjo como consecuencia de un «edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada». Y también se descubrió que tenía una «miocardiopatía dilatada”.
El ex jugador, quien además padecía problemas de adicción al alcohol, había sido ingresado en una clínica de La Plata el 2 de noviembre de 2020 por un cuadro de anemia y deshidratación, y un día después fue derivado a un sanatorio de la localidad bonaerense de Olivos, donde lo operaron de un hematoma subdural.
El 11 de noviembre de ese mismo año recibió el alta y se trasladó a una casa en un barrio privado de Tigre, donde estaba al cuidado de un grupo de médicos y enfermeros, pero finalmente falleció dos semanas más tarde.
Al momento de morir, Maradona tenía a su cargo la dirección técnica de Gimnasia de La Plata, donde había asumido su cargo en septiembre de 2019.
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Controladores aéreos en alerta por posible paro
Por estas horas se define sobre la continuidad del servicio en los aeropuertos más importantes del país. Es que hoy vence la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno nacional para solucionar el conflicto entre los controladores aéreos, que reclaman hace meses por mejoras salariales, y la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA). La última reunión tendrá lugar a las 11:15 y, según anticiparon, de no llegar a un acuerdo se tomarían medidas de fuerza inmediatas.
La Secretaría de Trabajo intentará destrabar la negociación en una audiencia esta mañana, para evitar el paro de los controladores aéreos. Si se consigue un mínimo acercamiento de las partes, es probable que se busque extender el plazo de la conciliación hasta al menos 5 días más.
La última conciliación había sido dictada el 23 de diciembre, luego de que la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (Atepsa) anunciara una medida de fuerza que se extendía desde el miércoles 17 hasta el lunes 29 de diciembre, afectando vuelos nacionales e internacionales.
Si bien, en un primer momento, la conciliación logró neutralizar el plan de lucha de Atepsa, el conflicto con la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) no encontró vía de resolución hasta el momento. Lo cierto es que la demanda por mejoras salariales no es nueva, las protestas estuvieron presentes en junio, agosto, noviembre y diciembre de 2025.
El trabajo de los controladores aéreos resulta esencial para la operación de los vuelos y, con el recambio de quincena y el aumento de viajes, el acuerdo salarial y el bienestar del sector se vuelve una prioridad para el normal funcionamiento de los aeropuertos.
Desde Atepsa iniciaron las medidas de fuerza luego de meses de falta de resolución a distintos conflictos. Los controladores aéreos no solo piden que se atienda el deterioro salarial del sector sino que también se han denunciado incumplimientos del Convenio Colectivo de Trabajo, falta de diálogo por parte de EANA y despidos sin causa. Asimismo, se ha acusado la existencia de acuerdos salariales y laborales incumplidos, firmados tras paritarias cerradas.
En un comunicado oficial, el gremio declaró: “Durante todo este tiempo, la empresa no realizó ninguna oferta respecto a los puntos centrales del conflicto: despidos de trabajadores con estabilidad laboral, falta de revisión de los ítems del Convenio Colectivo de Trabajo y ausencia de una política salarial que permita una recomposición real y sostenida, acorde a la pérdida del poder adquisitivo acumulado”.
Por su parte, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) manifestó que “a pesar de la postura permanente de intransigencia del gremio, se está trabajando ininterrumpidamente para lograr destrabar el conflicto con el objetivo de garantizar la normalidad en la operación de los vuelos en plena temporada alta de verano”. Además, comunicaron su "voluntad de apertura al diálogo y de poder seguir negociando para llegar a una solución".
Ante la fortaleza de la medida del gremio, EANA apuntó contra Atepsa, acusándolos de querer "generar daño" antes que mejorar sus condiciones laborales. No obstante, los reclamos por parte de los trabajadores datan de hace al menos 6 meses en los que, entre acuerdos transitorios y conciliaciones, no se logró resolver la situación laboral del sector.
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Sale a la venta el chalet con vistas al Obelisco porteño
El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.
El chalet y su altillo, que constituyen uno de los hitos arquitectónicos más destacados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se encuentra a la venta junto a al edificio de estilo francés de más de 10.300 metros cuadrados construidos, ubicado en Sarmiento al 1100, y tiene un valor de 8 millones de dólares.
Cuenta con nueve pisos de oficinas, un subsuelo, planta baja con local comercial, cocheras y tres ascensores.

El chalet Díaz, que corona la edificación, responde a un estilo normando, con techo de tejas, inspirado en la clásica arquitectura marplatense. Fue construido en 1927 por Rafael Díaz, inmigrante español y fundador de Muebles Díaz, una de las mueblerías más importantes de Buenos Aires durante buena parte del siglo XX.
El chalet fue testigo de los ensanchamientos de la 9 de Julio y de la construcción del Obelisco, inaugurado en 1936.
Además de esa vista única, el chalet tiene cinco ambientes, el altillo y dos terrazas: 200 metros cuadrados cubiertos en total. Conserva gran parte de sus elementos originales, entre ellos pisos de pinotea, aberturas, ventanales y luminarias de época.
Fue declarado Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la categoría “Sitios o Lugares Históricos”, bajo el amparo de la ley 1.227. Por lo tanto, cualquier proyecto que realicen los eventuales compradores del conjunto estará condicionado a ese estatus histórico y deberá adecuarse a las normas vigentes en materia de accesibilidad, seguridad y prevención de incendios.
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ARCA elimina la actualización automática de montos
ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.
El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.
Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.
Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.
Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.
El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.
Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.
Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.

