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Juez ordenó restituirle el servicio de medicina prepaga a jubilada tras aumento de 280%

23 de febrero de 2024

La justicia Federal de Mar del Plata le ordenó a una empresa de medicina prepaga restituirle la atención médica a una mujer de 66 años con discapacidad que presentó un recurso de amparo al no poder hacer frente a los sucesivos aumentos en las cuotas, que tan solo en los primeros dos meses de este año acumularon un 280% de incremento.

Al dictar la medida cautelar, el juez Santiago Martín entendió que, en casos como el de la denunciante, se encontraba «comprometido el derecho a la salud”, con lo cual

ordenó a la empresa «Thema- Red Médica» rehabilitar la prestación de los servicios de salud a la paciente mientras dure el tratamiento o hasta tanto se dicte sentencia definitiva y quede firme, según informó hoy el Ministerio Público Fiscal.

Al mismo tiempo, decretó la suspensión de los aumentos de enero y febrero, la readecuación de las cuotas liquidadas en los dos primeros meses del corriente año -que sumaban un incremento del 280%- y estableció que el incremento tendrá un tope máximo del 90% del Índice de Remuneración Imponible promedio de los Trabajadores Estatales (RIPTE), tal como lo establecía el régimen vigente hasta la sanción del DNU 70/2023 que desreguló distintos aspectos de la economía.

La resolución del magistrado se dio luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata interviniera tras el rechazo de la cautelar efectuado durante la feria judicial.

El caso fue impulsado por una mujer que presentó una acción de amparo con el objetivo de que se retrotrayeran los aumentos en la cuota mensual del servicio de medicina prepaga marplatense «Thema-Red Médica» y que se decretara la inconstitucionalidad de los artículos 265, 267 y 269 del decreto dictado en diciembre del año pasado por el Poder Ejecutivo Nacional.

En su escrito, consideró que los aumentos dispuestos resultaban «manifiestamente contrarios» al artículo 42 de la Constitución Nacional y que se encontraba en una situación «de absoluto desamparo, agravado por su especial estado de salud».

La afiliada pertenece desde aproximadamente una década a la prepaga y los problemas de salud que acarrea desde hace varios años la obligan a llevar un tratamiento médico estricto e ininterrumpido, motivo por el cual se le otorgó un certificado de discapacidad.

Y que la prepaga, durante 2023, aumentó su arancel de cobertura progresivamente pero «subió abismalmente» de $88.700 en diciembre a $210.670 en enero y $338.565 en febrero, lo que demuestra que estamos ante un acto de la autoridad pública que transgrede a diferentes derechos y garantías constitucionales, a través del cual se ocasionará un inminente ilegítimo daño», aseguró.

En su resolución, el juez Martín entendió que en casos como el analizado “se encuentra comprometido el derecho a la salud” e hizo foco en la doctrina de la Corte Suprema que marca la necesidad de ponderar la gravedad del cuadro de salud y los daños irreparables que podrían producir.

“Este aumento se ha decidido sin control alguno por parte de las autoridades nacionales en materia de salud, desde que el DNU 70/2023 ha derogado una serie de normas que exigían que los incrementos del sector debían realizare previa autorización de la Superintendencia de Servicios de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, quien debía garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales”, sostuvo.

«Entiendo que la conducta empresarial aquí denunciada, además de reñirse con el principio de buena fe en la ejecución de los contratos, es susceptible de afectar derechos constitucionales amparados de los consumidores y usuarios del servicio de medicina prepaga, quienes según la expresa letra constitucional, tienen derecho -en la relación de consumo- a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, así como a condiciones de trato equitativo y digno, entre otros», remarcó el juez Martin en su resolución.

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Anses permite a jubilados contar con un apoderado para sus trámites y cobros

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) recordó a los jubilados y pensionados que tienen la posibilidad de delegar la gestión de sus prestaciones designando a un apoderado.

Por distintas razones, los jubilados pueden llegar a necesitar ayuda a la hora de percibir sus cobros y gestionar sus prestaciones. Por esto, Anses permite el reconocimiento de un delegado por parte del jubilado que tenga la posibilidad de realizar los trámites y cobrar en nombre del titular sus haberes y beneficios.

El trámite para definir un designado es sencillo y se realiza en las oficinas de Anses. El primer paso es asegurarse de cumplir con los requisitos y reunir la documentación necesaria. Luego, se presenta en Anses para su aprobación.

Quiénes pueden ser apoderados para realizar trámites

Se puede designar como apoderado a un:

  • Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
  • Tutor o curador.
  • Abogado.
  • Representante diplomático o consular.

Quiénes pueden ser apoderados para cobrar haberes

Para nombrar a una persona como apoderada o representante, tiene que ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipada. Se puede designar como apoderado para cobro a:

  • Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
  • Un banco para el cobro de la jubilación o pensión si se reside en el exterior. El banco debe contar con la opción giro al exterior.
  • Entidad pública nacional, provincial o municipal.
  • Director o administrador de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados (para personas internadas en la institución).
  • Representante especial por tiempo determinado, cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutual o institución de asistencia social.
  • Abogado o procurador con poder certificado ante escribano.

En el caso de querer designar a un familiar como apoderado, es posible acercarse directamente a una oficina sin turno previo.

Qué documentación se necesita para designar a un apoderado

La documentación exigida varía según el caso:

  • Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco.
  • Conviviente Previsional: tiene que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
  • Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Abogado: credencial vigente.
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Rechazan posibilidad de una ruptura de relaciones con Brasil

El canciller Quirno descartó romper relaciones diplomáticas con Brasil
Afirmó que, desde Argentina, “no llevamos esto al plano institucional; dejamos la disputa en un tema electoral, en una diferencia ideológica”.

Quirno aseguró que "no hay chance de romper relaciones" con Brasil tras la tensión diplomática que se vivió en los últimos días entre el presidente Javier Milei y su par brasilero Luiz Inacio Lula Da Silva.

En declaraciones radiales a las que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, el canciller argentino remarcó que lo sucedido corresponde a “diferencias políticas e ideológicas” entre ambos presidentes.


Quirno desestimó además las afirmaciones del vicepresidente de Brasil, Geraldo Alckmin, quien dijo que Javier Milei está “perjudicando al pueblo argentino” con su ataque hacia el mandatario brasileño, Luis “Lula” Da Silva.

“Son juicios de valor. Nosotros pensamos que lo que está haciendo Lula en Brasil no es lo que corresponde, pero son un país soberano y ellos toman sus decisiones y nosotros las nuestras”, señaló Quirno a radio Mitre.


Pese al entredicho por las declaraciones de Milei, el canciller enfatizó que “no hay ninguna chance de que de nuestro lado las relaciones se rompan”, y explicó que desde la Argentina “no llevamos esto al plano institucional, dejamos la disputa en un tema electoral, en una diferencia ideológica”.

El titular del Palacio San Martín dijo esperar que el embajador brasileño en Buenos Aires, Julio Glinternick Bitelli, quien fue llamado a consultas por Itamaraty como forma de protesta por las afirmaciones de Milei, “retorne al país lo antes posible”.


Asimismo, y consultado por el plano regional, Quirno opinó que “Milei es un defensor global de las ideas de la libertad”, y destacó que “ha apoyado los cambios que se han producido en la región” con la seguidilla de triunfos de presidentes de derechas.

“Tenemos una alianza estratégica con los Estados Unidos, producto no solo de la afinidad entre ambos países sino también por la afinidad personal entre el presidente (Donald) Trump y el presidente Milei, pero también esto está dado por el liderazgo del presidente Milei que se refleja en el mundo y en la región”, señaló.

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Amenaza de bomba en la Embajada de los Estados Unidos

Un operativo de emergencia se llevó a cabo esta tarde por una supuesta amenaza de bomba en la Embajada de Estados Unidos, en el barrio porteño de Palermo.

Efectivos de la Policía Federal encabezaron el procedimiento en el edificio de la avenida Colombia al 4300, donde interrumpieron el tránsito.

La llamada fue realizada mediante un llamado telefónico, por lo que se implementó una evacuación preventiva en el lugar, informaron fuentes policiales a la Agencia Noticias Argentinas. 

En este contexto, personal de explosivos perteneciente a la División Operaciones y Contramedidas y la División Búsqueda y Detección se desplazó al lugar y realizó una inspección en sus adyacencias.

El operativo finalizó con resultado negativo ya que no se halló ningún artefacto explosivo en la Embajada norteamericana.

Foto El operativo fue encabezado por la Policía Federal. Agencia NA (captura de pantalla)

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