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Gobierno y CGT van a la Cámara de Apelaciones del Trabajo por capítulo laboral del DNU
27 de enero de 2024
La CGT reclamó ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que se declare la invalidez de todo el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, promulgado por el Gobierno de Javier Milei, mientras que el Estado Nacional busca que el mismo tribunal revierta el fallo de primera instancia que invalidó seis artículos de esa reforma.
La CGT buscó explicar en su apelación qué con la aplicación del capítulo cuarto del DNU, ya sea de modo total o parcial, se generan daños concretos para los trabajadores en forma directa y actual, por lo que recalcó la necesidad de declarar la inconstitucionalidad de ese título del decreto que promueve una reforma laboral.
«Adviértase que no se pretende un pronunciamiento dogmático o académico. Se requiere la desactivación de un acto manifiestamente ilegítimo y perjudicial (para los representados y para los representantes)», sostuvo la CGT en la presentación encabezada por sus secretarios Generales Carlos Acuña, Héctor Daer y Pablo Moyano.
«No puede desconocerse que hay daño actual: 1) Cuando se niega la aplicación de la norma de protección en emprendimientos de hasta 5trabajadores. 2) Cuando se reformulan presunciones. 3) Cuando se priva de todo efecto al trabajo clandestino. 4) Cuando se priva de la aplicación del régimen general a quienes sufren actos de discriminación. 5) Cuando se habilita el pago en cuotas de lo resuelto por una sentencia judicial. 6) Cuando se prolonga el periodo de prueba (extendiendo al posibilidad de al extinción de la relación sin consecuencias)», señalaron, a modo de ejemplo.
«¿Cómo se solventaría la aplicación inmediata del pago en 12 cuotas de la indemnización por despido sin causa? ¿Qué herramientas son las que permiten ‘en tiempo oportuno’ evitar el daño de la aplicación inmediata?», se preguntaron los representantes de la CGT para justificar por qué reclaman la invalidez de todo el capítulo cuarto del DNU.
«Un trabajador discriminado por su preferencia sexual o por su actividad gremial, ¿accedería al restablecimiento del vínculo a de las condiciones alteradas o debería conformarse con una ‘indemnización agravada’? ¿Es esto posible en materia de Derechos Fundamentales?», plantearon en el afán de citar más ejemplos.
El Estado Nacional, por su parte, presentó su apelación con el objetivo de revertir el fallo de primera instancia con el que la jueza Liliana Rodríguez Fernández que declaró la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación económica del gobierno Milei.
La magistrada resolvió «declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97» del DNU 70/2023, aunque aclaró que «gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario».
La jueza laboral de feria acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que, según su consideración, afectan «de modo directo» los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores, según explicaron a Télam fuentes judiciales.
Para los abogados que representan al Estado Nacional, «la sentencia impugnada se dictó prescindiendo de la realidad imperante que actualmente transita nuestra Nación».
«El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 resulta ser una herramienta fundamental para afrontar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria, social y económica que sufre nuestro país, con su dictado se lograrán alcanzar objetivos de bienestar para la comunidad a partir de la desregulación de la economía», sostuvieron.
«En ese marco de emergencia, resulta coherente proceder a la actualización del régimen laboral para permitir la inserción de la República Argentina en el mercado económico internacional globalizado», afirmaron para justificar la reforma laboral a través del DNU.
«Y es que el marco normativo laboral que se encontraba vigente no resultó eficaz para combatir el empleo informal y tampoco como impulsor de la creación de nuevas fuentes de trabajo. En ese aspecto, aquellas normas que oportunamente pudieron ser elementales para el crecimiento económico de una comunidad en un momento histórico determinado, hoy constituyen mecanismos que impiden en el libre juego de la oferta y la demanda de la fuerza de trabajo, siendo un factor destacable en la crisis», justificaron.
«No puedo dejar de señalar que el legal y legítimo ejercicio del derecho a huelga ha quedado desnaturalizado por completo. El derecho constitucional a huelga ha quedado en las últimas décadas convertido en una instancia de violencia, de irrespetuosidad al derecho de otros», sostuvo la abogada Jorgelina Sonzogno, en representación del Estado Nacional.
La referencia al derecho a huelga tiene que ver con que la jueza que intervino en primera instancia declaró la invalidez e inaplicabilidad de los artículos que se refieren al derecho colectivo que limitaban el ejercicio de ese derecho al declarar «esenciales» o «de importancia trascendental» más de 60 actividades. Agencia Telam
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Ventas minoristas en super caen un 1,5% en enero
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó que en términos de volumen de consumo las ventas minoristas de los supermercados cayeron en enero tanto en su variación interanual (-1,2%), como en su serie desestacionalizada respecto al mes previo (-1,5%).
Por su parte, las ventas a precios corrientes sumaron un total de $2.339.233,3 millones, lo que representa un incremento del 25,1% en términos interanuales.Noticias Relacionadas
En lo que respecta a los canales de venta, la presencialidad se mantuvo como el más predominante con el 97,3% de las operaciones ($2.276.136 millones), mientras que el el sector online representó solo el 2,7% restante ($63.097 millones).
En cuanto a los medios de pago, las tarjeta de crédito lideraron las preferencias con el 43,1% del total, seguida por el débito con el 25,0%, el efectivo con el 17,1% y otros medios (como billeteras virtuales y códigos QR) con el 14,8%.
El gasto del ticket promedio tuvo una suba del 30,1% respecto al enero del 2025 y se ubicó en los 34.840. Entre los grupos de artículos que experimentaron mayores aumentos nominales se encuentran Carnes (49,4%), Verdulería y frutería (38,3%), Alimentos preparados y rotisería (32,5%) y Panadería (27,2%).
Finalmente, en el ámbito laboral, el sector supermercadista informó un total de 99.014 trabajdores ocupadas, lo que representa una reducción del 1,5% en la plantilla de personal en comparación con enero de 2025. (C5N)
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Asamblea pública para modificar cuadros tarifarios provisorios del gas
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) dispuso la apertura de un procedimiento de consulta pública para avanzar en la adecuación del sistema de transporte de gas natural, en el marco de la emergencia energética vigente (prorrogada hasta fin de 2027) y la reciente reconfiguración definida por la Secretaría de Energía.
La medida, formalizada mediante la resolución 346/2026 publicada este viernes en Boletín Oficial, pone a consideración una serie de modificaciones regulatorias y tarifarias, entre ellas cambios en los factores de carga para distribuidoras, nuevos porcentajes de gas retenido, la elaboración de cuadros tarifarios provisorios y la derogación de normativa previa, con el objetivo de adaptar el esquema de transporte a las nuevas condiciones del sistema.
En particular, se propone modificar de manera provisoria los factores de carga para los usuarios residenciales de las distribuidoras Camuzzi Gas del Sur y Naturgy NOA, elevándolos del 35% al 45%, mientras que para el resto de las licenciatarias se mantendrán sin cambios.
Asimismo, revisará los porcentajes de gas retenido en las rutas de transporte, la operación y mantenimiento de activos de Energeía Argentina Sociedad Anónima (Enarsa) y las condiciones para determinados cargadores que cuentan con contratos firmes. Al tiempo que se pondrán en consulta cuadros tarifarios provisorios y los cargos fideicomiso asociados, mientras se avanza en la derogación de normativas que hoy resultan innecesarias en el nuevo marco regulatorio.
En materia tarifaria, el organismo elaboró cuadros provisorios que incluyen la actualización de los cargos fideicomiso, incorporando también los costos de operación y mantenimiento de activos de Enarsa, en línea con lo instruido por la Secretaría de Energía.
La consulta pública tendrá un plazo de quince días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial, período durante el cual empresas y usuarios podrán presentar observaciones y sugerencias a través de la web del organismo.
Finalizada esta instancia, el Enargas avanzará con la implementación de las medidas necesarias para la reasignación de capacidades de transporte y su correspondiente contractualización, con entrada en vigencia prevista para el 1° de mayo.
La iniciativa se inscribe en la emergencia del sector energético nacional declarada en 2023 y prorrogada hasta 2027, y busca garantizar un funcionamiento más eficiente, confiable y equitativo del sistema de transporte de gas natural, en un contexto de cambios estructurales en las fuentes de abastecimiento y en la configuración de la red.
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ANSES en abril: cronograma de pagos con aumento
Ansés dio a conocer los aumentos y las fechas de pago para el cuarto mes del año. Con el tercer mes del año ya llegando a su final, muchas personas comienzan a preguntarse cuánto cobrarán en abril y qué día específico encontrarán en sus cuentas los pagos por parte de Ansés, considerando que muchas veces los feriados terminan modificando el calendario de pagos. Afortunadamente, el organismo se encargó de difundir toda la información pertinente al pago de haberes y prestaciones, para que los beneficiarios puedan organizar sus finanzas.
En primer lugar, es importante saber que los jubilados recibirán este mes un incremento del 2,9 %, en línea con el esquema de movilidad mensual vigente. El porcentaje replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de febrero de 2026, difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Así, el haber mínimo para los jubilados pasará de los $369.600 de marzo a los $380.319 en abril, sin contar el bono de 70.000 pesos que se otorga a las jubilaciones mínimas. Sostenido sin modificaciones, el bono hará que la jubilación mínima total llegue a $450.319 en abril. Cabe recordar que quienes cobren haberes superiores a la mínima pero inferiores al piso de $450.319 recibirán un bono proporcional, hasta alcanzar ese monto total.
Aumentos en las distintas prestaciones
Otras prestaciones también se ajustarán en marzo con el mismo porcentaje. La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) registrará un haber de $304.243, como base, que con el bono llegará a $374.243. Por su parte la PNC por Invalidez y Vejez ubicará su haber base en $266.223, totalizando $336.223 con el refuerzo. Estos montos son netos de descuentos obligatorios, como el aporte a la obra social PAMI, que se calcula sobre el haber sin incluir el bono.
Asignaciones familiares y AUH
El incremento de marzo también se trasladará a las asignaciones. Así, la Asignación Universal por Hijo (AUH) alcanzará los $136.653 por hijo. Mientras tanto, la Asignación por hijo con discapacidad llegará a $445.003.
Ansés actualizará además los topes de ingresos para acceder a las asignaciones, un punto clave para evitar que trabajadores registrados o jubilados queden excluidos del sistema tras los aumentos.
Cronograma de pago de abril
Tal como informó Ansés, el cronograma de pagos para abril no se verá modificado en función del feriado del jueves 2 por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, ni por el feriado de Viernes Santo el día 3. Es que todos los pagos se efectuarán a partir del día 10 de abril por lo que los feriados no modificarán el calendario.
Como siempre, los pagos se realizan tomando en consideración la terminación del DNI.
Así queda el cronograma de pago completo de Ansés
Jubilaciones y pensiones que no superen los haberes mínimos
DNI terminado en 0: 10 de abril
DNI terminado en 1: 13 de abril
DNI terminado en 2: 14 de abril
DNI terminado en 3: 15 de abril
DNI terminado en 4: 16 de abril
DNI terminado en 5: 17 de abril
DNI terminado en 6: 20 de abril
DNI terminado en 7: 21 de abril
DNI terminado en 8: 22 de abril
DNI terminado en 9: 23 de abril
Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo
DNI terminados en 0 y 1: 24 de abril
DNI terminados en 2 y 3: 27 de abril
DNI terminados en 4 y 5: 28 de abril
DNI terminados en 6 y 7: 29 de abril
DNI terminados en 8 y 9: 30 de abril
Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo
DNI terminado en 0: 10 de abril
DNI terminado en 1: 13 de abril
DNI terminado en 2: 14 de abril
DNI terminado en 3: 15 de abril
DNI terminado en 4: 16 de abril
DNI terminado en 5: 17 de abril
DNI terminado en 6: 20 de abril
DNI terminado en 7: 21 de abril
DNI terminado en 8: 22 de abril
DNI terminado en 9: 23 de abril
Pensiones No Contributivas
DNI terminados en 0 y 1: 10 de abril
DNI terminados en 2 y 3: 13 de abril
DNI terminados en 4 y 5: 14 de abril
DNI terminados en 6 y 7: 15 de abril
DNI terminados en 8 y 9: 16 de abril

