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El programa Cuota Simple tendrá una tasa subsidiada del 93,5%
25 de enero de 2024
El Ministerio de Economía y la Secretaría de Comercio precisaron las características del nuevo programa de fomento al consumo Cuota Simple, que reemplazará al Ahora 12 desde el próximo 1 de febrero, y que permitirá pagar en tres y seis cuotas fijas con una tasa subsidiada del 93,5%.Al igual que Ahora 12 el programa tendrá alcance nacional, se podrá usar todos los días y estará disponible tanto en tiendas físicas y virtuales.
La tasa será del 85% respecto de la Tasa Nominal Anual (TNA) del Banco Central, actualmente del 110%, ajustándose de forma automática según la variación de esta última.
Es decir, con el porcentaje subsidiado por el Estado, la tasa de Cuota Simple sería de 93,5%, “la más baja del mercado”, según destacaron el Palacio de Hacienda y el área de Comercio.
Ahora 12, que finalizará el próximo 30 de enero, tenía una TNA del 82,5%.
El nuevo programa permitirá comprar en tres y seis cuotas fijas con tarjetas de crédito bancarias. Por el momento, Cuota Simple no ofrecerá opciones de 10, 12, 18 y 24 cuotas fijas mensuales como lo hace Ahora 12.
De todos modos, según la Secretaría de Comercio, las facilidades de tres y seis cuotas del actual Ahora 12 son «las más elegidas por los consumidores, totalizando 80% de las transacciones», y por ese motivo se eligió optar por esos plazos.
Las cuotas regirán para más de 25 rubros de fabricación nacional incluyendo línea blanca, indumentaria, calzado y marroquinería; celulares 4G, muebles, bicicletas, motos, servicios educativos, colchones y libros.
También abarcará anteojos y lentes de contacto; artículos de librería, juguetes y juegos de mesa; servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar; neumáticos, kits de conversión de vehículos a GNC, repuestos de autos y motos, instrumentos musicales y computadoras, notebooks y tablets.
Del mismo modo, se incluirán artículos de iluminación, televisores y monitores; perfumería, pequeños electrodomésticos, servicios de preparación para el deporte, equipamiento médico, maquinaria y herramientas; espectáculos y eventos culturales; elementos durables de cocina; servicios de reparación de autos y motos; y kits para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.
Algunos de los rubros que no estarán considerados en esta edición del programa -y que pertenecían a Ahora 12- son turismo, materiales para la construcción y motos.
Esta primera etapa estará vigente hasta el próximo 31 de mayo.
“El otorgamiento de facilidades de pago en cuotas fijas» es “una herramienta indispensable porque incentiva el consumo, impulsa la industria nacional y genera empleo” al “estimular la demanda de bienes y servicios”, destacó Comercio en un comunicado.
Estos esquemas de cuotas -enfatizaron- son «una herramienta muy valorada por los consumidores y comerciantes».
Comercio destacó que la continuidad de Ahora 12 con el nombre Cuota Simple es fruto del «trabajo compartido» del área con el Banco Central y las instituciones bancarias.
En ese sentido, las negociaciones para poner en marcha el nuevo programa fueron iniciadas a principios de mes por el secretario del área, Pablo Lavigne.
Hace dos semanas, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) – a través de una nota enviada al funcionario- solicitó la extensión de Ahora 12, que finaliza el 31 de enero próximo.
La entidad empresaria, en el escrito, señaló que los planes del programa «Ahora» han resultado «muy relevantes para fomentar el consumo y, por su intermedio, la producción nacional y el empleo».
En la misiva, solicitó además la modificación de los plazos de acreditación para las ventas efectuadas con tarjetas de crédito, que actualmente es de 10 días hábiles para los comercios.
«En reiteradas oportunidades la CAC solicitó que el plazo de acreditación fuera fijado en 48 horas hábiles, para todo tamaño de empresa», recordó la entidad.
Por su parte, el presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Alfredo González, señaló ayer a Urbana Play que, si bien “no es la mejor”, la tasa que tendrá Cuota Simple es “bastante aceptable”.
Además, indicó que la continuidad del programa “es la única herramienta nacional que se tiene para financiar las ventas en el país”.
En tanto, el presidente de la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), José Viale, consideró hoy “bienvenida” toda herramienta que intente morigerar la baja de consumo.
Mediante una gacetilla institucional, Viale dijo que “el ciudadano viene perdiendo poder adquisitivo desde hace tiempo, producto del alto nivel inflacionario y la consecuente pérdida de estabilidad en precios”.
En ese sentido, celebró la “medida circunstancial y transitoria, a la espera de las soluciones de fondo”.
Sólo en noviembre último, Ahora 12 incluyó ventas por $ 477.349 millones en 6,4 millones de operaciones con un ticket promedio de $ 74.223.
En tanto, en los primeros 11 meses del año pasado, las ventas acumuladas totalizaron $ 3.429.707 millones en 70,7 millones de operaciones.
Estas últimas se centraron especialmente en la Ciudad (32%) y la provincia de Buenos Aires (30%), seguido por Santa Fe (9%), Córdoba (8%), Mendoza (3%) y Tucumán (3%).
Los rubros con mayor participación fueron indumentaria, pequeños electrodomésticos y línea blanca, que permanecerán en Cuota Simple.
Ahora 12 había sido lanzado en septiembre de 2014 por el gobierno de Cristina Kirchner y se mantuvo durante las administraciones de Mauricio Macri y Alberto Fernández.
Durante su vigencia, en numerosas oportunidades variaron los rubros de productos incluidos, así como el porcentaje de tasa y las modalidades de cuotas, ofreciéndose en algunas etapas hasta 30 pagos al igual que cuotas sin interés.
A diferencia de la última etapa de Ahora 12 que comenzó en junio del año pasado y obligaba a las empresas a establecer acuerdos de precios a través del programa de Precios Justos, la comercialización a través de Cuota Simple no estará sujeta a la suscripción de otros programas del Estado.
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Operativo de emergencia en el mar
En medio del mar y a 194 kilómetros de la costa - unas 105 millas náuticas -, la Prefectura Naval Argentina realizó una "aeroevacuación" de emergencia de un tripulante que se encontraba a bordo del buque pesquero “Magdalena”.
El procedimiento se inició cuando el capitán de la embarcación informó al Centro Gestión Tráfico Marítimo de Comodoro Rivadavia que uno de los tripulantes, de 47 años, presentaba dolor en el pecho y en la zona baja del lado izquierdo, acompañada con hipertensión arterial.
De inmediato, se realizó una radioconsulta con médicos de la Fuerza, quienes indicaron medicación, reposo y el desembarco del hombre. Ante la persistencia del cuadro clínico y luego de una nueva evaluación médica, los profesionales recomendaron realizar una evacuación, por lo que se activó el operativo de rescate.
De inmediato, Prefectura desplegó el avión PA-25 y el helicóptero PA-41. Las aeronaves partieron desde Viedma y Comodoro Rivadavia, respectivamente.
Luego de las maniobras de aproximación, el paciente fue izado mediante una canasta sanitaria y trasladado por vía aérea hasta tierra firme, donde lo aguardaba una ambulancia para su derivación a un centro asistencial y la continuidad del tratamiento médico. Por el momento, el hombre quedó internado en el área de terapia intensiva para la realización de estudios médicos.
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Armas: Reglamentan la tenencia de silenciadores y miras nocturnas
El Gobierno nacional reglamentó las condiciones para la tenencia, registración y utilización de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego, a través de la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La medida establece que los legítimos usuarios de armas de uso civil condicional podrán solicitar autorización para estos dispositivos, siempre que acrediten ser miembros de una entidad de tiro autorizada o cuenten con una licencia o permiso de caza vigente. También deberán declarar el material que buscan registrar y demostrar que poseen armas compatibles inscriptas a su nombre.
La resolución dispone que estos elementos tendrán una registración independiente de las armas y que la autorización no quedará vinculada exclusivamente a un arma determinada, sino que podrán utilizarse en distintos materiales compatibles registrados por el mismo usuario.
Además, los dispositivos importados que no tengan numeración de fábrica deberán recibir un número de serie asignado por el RENAR, mientras que su fabricación, importación, exportación y comercialización quedará limitada a usuarios comerciales habilitados por el organismo.
Armas recibidas por herencia
La normativa también establece un nuevo procedimiento para registrar armas y otros materiales controlados recibidos por herencia, incluso cuando todavía no exista declaratoria judicial.
En esos casos, el interesado deberá ser legítimo usuario vigente o iniciar ese trámite, acreditar el vínculo con el fallecido, presentar una declaración jurada certificada y solicitar la correspondiente tenencia. La registración tendrá únicamente efectos administrativos y no implicará reconocimiento de derechos sucesorios.
Ante conflictos u oposiciones entre posibles herederos, el RENAR podrá suspender preventivamente el trámite hasta que exista una resolución judicial o un acuerdo entre las partes.
Nuevos requisitos para portar armas de guerra
La Resolución 48/2026 también reglamenta la solicitud de portación de armas de guerra por parte de legítimos usuarios individuales.
Entre los requisitos se encuentran contar con la condición vigente de legítimo usuario, tener autorizada la tenencia del arma, presentar un informe del Registro Nacional de Reincidencia sin anotaciones, acreditar aptitud psicofísica, idoneidad para el manejo y porte y demostrar un medio lícito de vida.
Cada solicitud será sometida además a un análisis integral de riesgo, que tendrá en cuenta la actividad del solicitante, su exposición a amenazas verificables, antecedentes registrales y otros factores de riesgo.
La Comisión de Portaciones y Sanciones deberá emitir un dictamen previo y fundado. Las autorizaciones podrán ser suspendidas, denegadas o revocadas si dejan de existir las condiciones que justificaron su otorgamiento o si el usuario pierde su habilitación.
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Una familia necesitó más de $1.564.000 para no ser pobre
Una familia con cuatro integrantes necesitó 1.564.716 pesos para no ser pobre en julio de 2026, reveló este jueves el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Además, el organismo oficial sostuvo que ese grupo familiar, conformado por una pareja y dos niños, requirió 708.016 pesos para no ser considerado indigente.
En la medición de la variación mensual de la canasta básica alimentaria (CBA), en julio fue de 2,6% mientras que la de la canasta básica total (CBT) fue de 2,2%. Estos datos fueron difundidos este jueves, junto con la inflación medida a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se ubicó en el 2,1 por ciento.
La variación interanual, en tanto, se ubicó en el 37,4% para la canasta alimentaria y en el 36,1% para la canasta total.

La medición de junio de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) había trepado un 1,3%, cuando la inflación fue del 1,9%. En tanto, la Canasta Básica Total (CBT) -que se amplía a bienes y servicios esenciales no alimentarios- había subido un 2,2%.
Según aquella medición previa, una familia con cuatro integrantes necesitaba 1.531.473 pesos para no ser pobre en junio de 2026. Además, el INDEC había establecido un piso de 689.853 pesos para que ese grupo familiar no sea considerado indigente.
En el nuevo reporte dado a conocer este jueves, el INDEC señaló que la línea de indigencia para un adulto que se mantiene solo se ubicaba en los 229.131 pesos, mientras el límite de la pobreza para esa persona fue de 506.381 pesos.
En el cálculo para las familias de tres, cuatro o cinco integrantes, los pisos de indigencia fueron de 563.663 pesos, 508.016 pesos y de 744.677 pesos respectivamente.
En tanto, el Indec estimó que la pobreza alcanzaba a esos grupos de familia si no llegaban a 1.245.696 pesos, 1.564.716 pesos y 1.645.737 pesos, según su conformación de tres, cuatro o cinco integrantes.
El reporte de la canasta básica alimentaria y la total se dio en forma paralela al de la inflación que para julio de 2026 fue del 2,1 por ciento, de acuerdo a la suba de los precios al consumidor (IPC) respecto de junio y que en lo que va del año también acumularon un alza de 19,3%.

