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El consumo de energía creció 3,4% en lo que va de 2023
29 de agosto de 2023
La demanda de energía eléctrica en todo el país tuvo un aumento interanual del 3,4% en los primeros siete meses de 2023, según el informe dado a conocer hoy por la Fundación para el Desarrollo Eléctrico (Fundelec).
El reporte también indicó que en julio hubo una retracción en el consumo -la cuarta consecutiva- respecto del mismo mes de 2022 del 1,3%, al alcanzar los 12.471,8 GWh.
En el crecimiento del consumo respecto del mismo período del año anterior incidió el récord histórico registrado en marzo de 28,6% de incremento interanual y la mejora en todo el primer trimestre, destacó Fundelec.
Asimismo, en julio existió un crecimiento del 3,3%, respecto de junio.
La demanda residencial representó el mes pasado el 50% del total y tuvo una caída de 0,7% respecto del mismo mes del año anterior, mientras que el descenso fue del 1,1% en el sector comercial (26% del consumo total) y en el industrial del 2,9% (24%).
Por otro lado, se registró una potencia máxima de 25.476 MW el 18 de julio a las 20:59, lejos del récord de 29.105 MW del 13 de marzo de este año.
Pese a la baja interanual general, fueron más las provincias o empresas que registraron alzas respecto de las que tuvieron descensos.
Las que mostraron crecimientos fueron 15: Chubut (6%), Misiones (5%), La Pampa y Neuquén (ambas con 3%), Salta, Río Negro, Formosa, Entre Ríos, Chaco y Catamarca (todas con 2%) y Corrientes, Córdoba, Tucumán, San Juan y Santa Cruz (1% en cada caso).
Los descensos fueron 10: Mendoza (- 5%), Santa Fe (-5%), Jujuy (-3%), Edelap, La Rioja y, EDES (todas con -2% ) y EDEA y San Luis (las dos con -1%), a la que se sumaron las dos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA, -1,8%) con bajas del 2,3% en Edenor y 1,3% en Edesur.
Por su parte, Santiago del Estero y EDEN mantuvieron el mismo consumo de julio de 2022.
En julio, la generación hidráulica se ubicó en el orden de los 2.712 GWh contra 2.474 GWh en el mismo período del año anterior, lo que representa una variación positiva del 8,8%.
«Producto de las fuertes lluvias ocurridas durante el mes se observa un aumento en los caudales de las principales cuencas del Comahue, al igual que el río Uruguay y Paraná, comparado con el mismo mes del año anterior» indicó Fundelec, que agregó que «incluso en algunas cuencas se presentaron valores mayores a los esperados».
En el mes pasado siguió liderando ampliamente la generación térmica con un aporte de producción de 49,10% de los requerimientos, las centrales hidroeléctricas aportaron el 28,37% de la demanda, las nucleares proveyeron un 5,36%, y las generadoras de fuentes alternativas un 11,08% del total, en tanto la importación representó el 6,09% de la demanda.
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Aeronáuticos ratifican ante la OIT las denuncias contra Milei
Cuatro sindicatos del sector aeronáutico ratificaron y ampliaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las denuncias contra el Gobierno por “violaciones al derecho de huelga, el deterioro de las condiciones laborales y la persecución de los líderes sindicales”.
Los gremios que hicieron las presentaciones fueron la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA).
Juan Pablo Brey (Aeronavegantes), Pablo Biró (APLA), Rubén Fernández (UPSA) y Edgardo Llano (APA), reafirmaron su “compromiso inquebrantable” con la protección del derecho de huelga, reconocido como “una herramienta esencial de los trabajadores para defender sus derechos laborales, salariales y convencionales”.
Al respecto, Brey destacó el trabajo conjunto realizado desde el sector aeronáutico en la defensa de las condiciones laborales y de los derechos de todos los trabajadores del sector. En este sentido, afirmó que “sin derecho de huelga no hay libertad sindical plena” y que sin esta libertad “no es posible garantizar un trabajo digno”.
Además, repudió cualquier intento de utilizar la declaración de esencialidad, contenida en la Ley de Reforma Laboral, como “un mecanismo para restringir o limitar el ejercicio legítimo de la acción sindical”.
Y añadió: “La seguridad operacional y la prestación de servicios públicos no pueden ser justificativos para ignorar derechos fundamentales establecidos en la normativa nacional e internacional”.
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Kicillof presentó su libro ‘De Smith a Keynes’ en la UTN de Córdoba
En el marco de su visita a la provincia de Córdoba, el gobernador Axel Kicillof presentó este viernes su libro “De Smith a Keynes. Siete lecciones de historia del pensamiento económico”, en el auditorio de la UTN Regional Córdoba, junto al ministro de Gobierno, Carlos Bianco; el rector de la UTN, Rubén Soro; y el decano de la Regional Córdoba, Federico Olivo Aneiros.
Durante la jornada, el Gobernador suscribió convenios con la UTN para el dictado de 10 nuevas carreras en el marco del programa Puentes, y para realizar trabajos conjuntos entre el laboratorio de maquinaria agrícola, vial y minera de la facultad y las Chacras Experimentales bonaerenses.
En tanto, junto al intendente de Cosquín, Raúl Cardinali, firmó acuerdos para impulsar y promover el turismo y la cultura entre ambas jurisdicciones.
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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

