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CAOS EN AEROPARQUE NEWBERY
11 de julio de 2023
En vísperas de las vacaciones de invierno, al menos 3.000 pasajeros se vieron afectados por un sorpresivo paro de maleteros en Aeroparque que causó demoras y cancelaciones en más de 20 vuelos. La medida de fuerza gremial se levantó a última hora de la noche de este martes.
El paro fue realizado sin previo aviso por los trabajadores de la empresa estatal Intercargo, la cual brinda servicios de rampa y es la encargada de trasladar a los viajeros y sus equipajes desde las zonas de embarque hasta los aviones. Pasadas las 21.30, desde el sector le confirmaron a Infobae que la medida de fuerza fue levantada.
La suspensión del servicio afectó puntualmente a las compañías de Jet Smart y Latam. La primera de ellas contabilizó más de 11 vuelos con demoras en sus salidas y aterrizajes y al menos cinco que debieron ser cancelados.
EFECTO DOMINÓ
Al menos 50 vuelos resultaron afectados hoy, así como 6.000 pasajeros, en el Aeroparque Jorge Newbery y en otros aeropuertos del país, por una medida de fuerza que llevó adelante el personal de rampa de la empresa Intercargo, y que, si bien se levantó alrededor de las 22, continuará provocando demoras mañana por el denominado “efecto dominó», informaron fuentes aeroportuarias.
El conflicto es entre los trabajadores de la Asociación de Personal Aeronáutico (APA) que cumple tareas para la empresa Intercargo, con la prestadora de servicios aéreos Swissport que realiza los trabajos de despacho de pasajeros, equipajes y aeronaves para JetSmart y Latam.
Mas temprano, una caída de sistema que sufrió Aerolíneas Argentinas y el no regreso a horario de algunos vuelos por meteorología, también derivaron en demoras en la compañía de bandera, pero sin que se registren cancelaciones.
La medida de fuerza de APA se inició cerca de las 16 y, aunque culminó a eso de las 22, el hall de Aeroparque seguía inmerso en largas colas en los mostradores de check in.
JetSmart, una de las low cost afectadas, tuvo que cancelar dos vuelos a Bariloche (donde, además, hay un temporal de nieve), uno a Córdoba, uno a Iguazú, uno a Tucumán, uno a Neuquén y otro a Salta.
La compañía low cost informó que las cancelaciones ascendieron a 20 en todo el país y fueron 3.200 las personas que sufrieron las dificultades.
«JetSMART es cliente de Intercargo y no tiene personal propio que tenga que ver con las tareas que realiza Intercargo o que puedan estar dentro del encuadre sindical de APA [por la Asociación de Personal Aeronáutico]», señalaron desde la empresa mediante un comunicado.
De la misma manera la compañía LATAM sufrió complicaciones con sus vuelos a Lima (Perú), uno a Santiago de Chile y dos a San Pablo (Brasil; uno de ellos fue cancelado).
La medida de fuerza se extendió a otros puntos del país, como Salta, donde quedó cancelado un vuelo de JetSmart a Mendoza. Y también quedó fuera de servicio un avión que iba a hacer la ruta Bariloche-Mendoza.
A su vez FlyBondi también registró demoras en sus vuelos a Mendoza, Neuquén y Puerto Iguazú.
Esta fue la tercera medida de fuerza llevada adelante por Intercargo. El 24 de mayo hubo demoras de hasta nueve horas en vuelos de las dos líneas aéreas low cost que operan en el aeropuerto porteño, Flybondi y JetSmart. Y el 7 de junio se vieron afectados 15 vuelos -entre ellos, seis cancelados- y 2.800 pasajeros por una medida similar.
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Aeronáuticos ratifican ante la OIT las denuncias contra Milei
Cuatro sindicatos del sector aeronáutico ratificaron y ampliaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las denuncias contra el Gobierno por “violaciones al derecho de huelga, el deterioro de las condiciones laborales y la persecución de los líderes sindicales”.
Los gremios que hicieron las presentaciones fueron la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA).
Juan Pablo Brey (Aeronavegantes), Pablo Biró (APLA), Rubén Fernández (UPSA) y Edgardo Llano (APA), reafirmaron su “compromiso inquebrantable” con la protección del derecho de huelga, reconocido como “una herramienta esencial de los trabajadores para defender sus derechos laborales, salariales y convencionales”.
Al respecto, Brey destacó el trabajo conjunto realizado desde el sector aeronáutico en la defensa de las condiciones laborales y de los derechos de todos los trabajadores del sector. En este sentido, afirmó que “sin derecho de huelga no hay libertad sindical plena” y que sin esta libertad “no es posible garantizar un trabajo digno”.
Además, repudió cualquier intento de utilizar la declaración de esencialidad, contenida en la Ley de Reforma Laboral, como “un mecanismo para restringir o limitar el ejercicio legítimo de la acción sindical”.
Y añadió: “La seguridad operacional y la prestación de servicios públicos no pueden ser justificativos para ignorar derechos fundamentales establecidos en la normativa nacional e internacional”.
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Kicillof presentó su libro ‘De Smith a Keynes’ en la UTN de Córdoba
En el marco de su visita a la provincia de Córdoba, el gobernador Axel Kicillof presentó este viernes su libro “De Smith a Keynes. Siete lecciones de historia del pensamiento económico”, en el auditorio de la UTN Regional Córdoba, junto al ministro de Gobierno, Carlos Bianco; el rector de la UTN, Rubén Soro; y el decano de la Regional Córdoba, Federico Olivo Aneiros.
Durante la jornada, el Gobernador suscribió convenios con la UTN para el dictado de 10 nuevas carreras en el marco del programa Puentes, y para realizar trabajos conjuntos entre el laboratorio de maquinaria agrícola, vial y minera de la facultad y las Chacras Experimentales bonaerenses.
En tanto, junto al intendente de Cosquín, Raúl Cardinali, firmó acuerdos para impulsar y promover el turismo y la cultura entre ambas jurisdicciones.
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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

