País
Tras la suba de precios, ¿se encuentra cara la carne bovina?

11 de febrero de 2023
Tras los últimos aumentos, la Fundación Mediterránea dio a conocer un comunicado titulado «Exportaciones récord de carne bovina del Mercosur en el 2022», presidida por María Pía Astor, que dice:
- En este documento se actualiza la comparación de precios consumidor de carne bovina en distintos países de la región que IERAL viene realizando y publicando desde comienzos del 2020, en colaboración con la Sociedad Rural del Noreste Santiagueño. Se trata de un tema particularmente relevante, considerando el peso que tiene este producto en la cultura de consumo local y los intentos que han desplegado históricamente los gobiernos, incluido el actual, para desacoplar los precios internos de sus valores de paridad internacional, a partir de distintas intervenciones sobre el mercado de exportación
- El interrogante principal que intenta responderse es si luego de los últimos aumentos de precios, observados en la segunda quincena de enero y comienzos de febrero, la carne bovina ha quedado cara en Argentina, no tanto en términos absolutos o en perspectiva histórica interna, sino más bien en relación a lo que vale en países limítrofes en los que, por cercanía, naturaleza del producto (commodity o cuasi commodity), nivel de desarrollo, posibilidad de intercambio comercial y otras cuestiones, sería de esperar precios relativamente similares (medidos en una misma moneda), particularmente entre países exportadores
- Se realizó un relevamiento en tiendas on line de supermercados en la tercera semana de enero y primera semana de febrero de este año (en este último caso sólo para Argentina), a los efectos de incorporar a Brasil en la comparación de precios de carne bovina en la región. Para Argentina se realizaron dos mediciones a los efectos de captar el traslado que habitualmente se produce a los precios consumidor de aumentos importantes en el precio de la hacienda; debe advertirse que el precio de los animales en pie, principales categorías, subió un 40% en lo que va de este año
- La medición realizada en la tercera semana de enero de 2023 reveló que el precio promedio de una canasta de 8 cortes de calidad media/alta en Argentina era de $1.780 por kilogramo. Sin embargo, en el relevamiento realizado en la primera semana de febrero, este precio había aumentado a $2.267 por kilogramo, representando un alza del 27,3%. En comparación, los mismos cortes tenían un promedio de $2.009 por kilogramo en Brasil, $2.606 por kilogramo en Uruguay y $2.893 por kilogramo en Chile. Se revisaron los valores al inicio de febrero y se encontró que no había ocurrido un cambio significativo que justificara un nuevo relevamiento para estos tres países
- En síntesis, los últimos precios disponibles en tiendas on line de supermercados revelan que el país sigue teniendo carne bovina más barata que Uruguay y Chile y que se estaría ubicando un 10%-12% por encima de Brasil, país que, debe recordarse, es líder exportador mundial y probablemente sea el de mayor competitividad (menores costos) en materia de precios de hacienda y carne bovina
- No está claro si el ajuste de precios de hacienda y carne va a continuar en el país en próximas semanas, dado que depende de la respuesta del consumidor frente a los nuevos valores, y de cómo responde la exportación frente a un negocio que ve reducido sus márgenes (ceteris paribus resto de variables); también será determinante cómo se adapten los productores de hacienda al nuevo escenario, de precios más altos y un clima que empezaría a regularizarse
- De todos modos, los valores que se pagan en la región, particularmente en los otros dos países exportadores bajo análisis en este informe (Brasil y Uruguay), son una referencia interesante: en estos países los precios medios de la canasta de cortes seleccionados se ubican en un rango de $ 2.000 – $ 2.600 / kilo, por lo que dado un precio actual promedio de $ 2.267 / kilo en Argentina, un 10%-15% de aumento llevaría el valor local al límite superior del rango antes estimado, un límite que parece alto para la situación económica general del país y la capacidad de pago de familias de ingresos medios y bajos.
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Tickets de compra deben detallar qué impuestos paga el consumidor

Ya entró en vigencia el régimen de transparencia fiscal, por el cual las empresas y los comerciantes deberán empezar a discriminar en la factura y ticket de venta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otras cargas tributarias. En esta primera etapa deben implementarlo las grandes empresas.
Los supermercados, por ejemplo, ya empezaron a aplicar la medida. Todos los comprobantes deberán tener una línea donde se detalle el monto correspondiente al IVA y, cuando sean emitidos por una compañía grande (que detalla el organismo en su página), también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.
El resto de los contribuyentes tendrá un plazo opcional hasta el 1° de abril próximo, cuando pasará a ser obligatorio para todos.
Aquellos contribuyentes que ya usan la factura electrónica por medio de los sistemas de ARCA verán reflejada de forma automática la discriminación del IVA desde el 1° de enero del año que viene.
"El organismo implementará las adecuaciones sistémicas necesarias", prometió ARCA. Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, podrán seguir usando ese equipamiento en la medida que actualicen el firmware (en el caso de las cajas registradoras) o incorporen la información a través del software de facturación (en las impresoras fiscales).
Desde ARCA (exAFIP) explicaron que el objetivo es "reafirmar el compromiso del Gobierno nacional con la transparencia fiscal, permitiendo a los consumidores conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad”.
Los consumidores no tendrán que hacer ninguna operación, sino que en la factura o ticket de compra encontrarán la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)", donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados.
Desde el Gobierno también invitaron a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a dictar las respectivas normas para que los consumidores finales también tengan conocimiento de la incidencia del impuesto sobre los ingresos brutos y de los respectivos tributos municipales en la formación de los precios de los bienes, locaciones y prestaciones de servicios.
En ese marco, Matías Olivero Vila, presidente de la ONG Lógica, dedicada a la conciencia fiscal, y que ha impulsado esta medida que rige formalmente desde este miércoles, señaló que desde la entidad que preside "decimos que es una obligación adherirse, ya que la Constitución Nacional en su artículo 42 establece que el consumidor tiene derecho a recibir información adecuada y veraz".
A su vez, explicó que ahora los consumidores podrán identificar en sus tickets una sección titulada Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, donde vamos a ver "en cuatro renglones, donde se desglosará el IVA, la incidencia de otros impuestos nacionales y los impuestos provinciales, es decir, ingresos brutos y tasas municipales".
Por último, Olivero Vila comentó que la implementación de la norma no solo se limitaría a los tickets, sino que también se espera que a partir de abril los precios en góndola incluyan la carga impositiva. Sin embargo, aclaró que esto último aún no ha sido reglamentado, ya que dicha reglamentación "no va a venir de ARCA, sino de la Secretaría de Comercio con la Subsecretaría de Defensa del Consumidor".
Entrevista Radioinforme 3.
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Calendario de feriados 2025

El 2025 será un año con 12 feriados inamovibles y cuatro trasladables, 12 días no laborables y tres con fines turísticos, según el calendario que difundió el Gobierno nacional.
Enero
• Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
• Lunes 3 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
• Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
• Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
• Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
• Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
• Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
• Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
• Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17 de junio)
• Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
• Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
• Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
• Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
• Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
• Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
• Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre).
Diciembre
• Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
• Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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ARCA levanta el período de gracia para embargos a empresas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ex AFIP confirmó que levantará a partir del 1 de enero de 2025 el período de gracia en el que el organismo no ejecuta embargos contra las cuentas de las empresas, con excepción de las compañías del sector de la salud y la entidades de bien público.
Tal cual lo había anticipado Ámbito, se esperaba que ARCA decidiera no continuar con el beneficio en función del resultado de la moratoria fiscal en la cual se iniciaron 341.000 planes de pago, lo que dio espacio a las empresas a regularizar su situación.
No obstante, el organismo decidió habilitar planes de pago de hasta 48 cuotas que incluirán las deudas hasta el 31 de diciembre de 2024. La moratoria que cerró este año incluía deudas hasta el 31 de marzo, de manera que estos planes servirán para atender los problemas de las empresas ocurridos desde el primero de abril hasta fin de año, en un período en el que la economía registró una caída de al menos 3 puntos del PBI.
Solo quedará vigente la "tregua" para las empresas del sector de la salud y las entidades de bien público hasta el 31 de julio de 2025
Pymes: ¿cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija.
El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta. Co
Con esta medida, el organismo busca brindar mayor exigibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.
Plan de pagos para pymes: ¿cómo es la financiación?
Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. La empresas tienen un plazo de hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas y hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y Obligaciones aduaneras.
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones y hasta 48 cuotas en el resto de las obligaciones.
¿Cómo acceder a los beneficios?
La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.
Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
Declaraciones juradas presentadas.
CUIT activa.
CBU informada.
¿Qué deudas están incluidas?
Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación:
Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
Retenciones y percepciones impositivas.
Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.