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Prepagas: el 2023 comienza con aumentos segmentados y copagos

8 de enero de 2023

La Superintendencia de Servicios de Salud, reglamentó las medidas para la segmentación de los aumentos de medicina prepaga, y la creación de planes con copagos cuyo valor debe ser al menos 25% menor a los que actualmente ofrecen las empresas.

Cada empresa de medicina prepaga deberá presentar para su verificación y registro por parte de la Superintendencia una declaración jurada que se encontrará disponible en la página web institucional de la Superintendencia, por cada uno de los nuevos planes con cobertura integral y copagos, cuyo valor final para el usuario deberá ser al menos 25% inferior a las propuestas vigentes sin copagos.

También tendrán que adjuntar los cuadros tarifarios con el detalle de los valores de copago para todas las prestaciones, según la resolución 2 de la Superintendencia, y este organismo publicará en su página web institucional los valores informados por cada empresa.

Estos planes, con un menor valor, serán idénticos a los ya ofrecidos por las prepagas, con la diferencia que podrán cobrarse copagos -es decir, pagar una suma extra a la hora de recibir atención- en determinadas prestaciones de primer y segundo nivel.

Entre las primeras, figuran las consultas médicas; psicología; prácticas de laboratorio, pruebas diagnóstico-terapéuticas; prácticas kinesio-fisiatras; prácticas de fonoaudiología/foniatría; atención domiciliaria (códigos verde y amarillo) y odontología.

Las prestaciones de segundo nivel alcanzadas por la norma son Tomografía Axial Computarizada (TAC); Resonancia Magnética Nuclear (RMN); Radio Inmuno Ensayo (RIE); Laboratorio biomolecular, genético; Medicina nuclear; Estudios de imágenes que requieran preparación previa y/o uso de medio de contraste; entre otras.

En cualquiera de los casos, la norma excluye del pago del copago a personas gestantes, niñas de hasta tres años de edad; pacientes oncológicos y trasplantados, personas con discapacidad ni quienes estén en programas preventivos o reciban prestaciones y prácticas de urgencia.

Los incrementos mensuales de estos bonos o copagos tendrán como tope el Índice de costos de Salud, según lo dispuesto en la misma resolución.En el cálculo de este indicador inciden los costos del sector en recursos humanos (componente que representa 52,4% del cálculo del índice), medicamentos (12,2%), insumos médicos (17,2%) y otros insumos y gastos (18,2%).

Algunas prepagas como Medicus (Plan Flex) y Galeno ya ofrecían planes más económicos con copagos, con anterioridad a la resolución, la cual extenderá estos esquemas a todas las empresas.

Por otra parte, la Superintendencia también puso a disposición desde este mes un formulario para que los usuarios de medicina prepaga certifiquen sus ingresos, ante los aumentos segmentados que se aplicarán a partir del próximo 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses.

El 10 de noviembre pasado, a través del decreto 743/2022, el Gobierno estableció una nueva fórmula de actualización de las cuotas de medicina prepaga que tendrá en cuenta la evolución salarial.

El nuevo esquema diferenciado se aplicará a partir del mes próximo, luego de autorizarse aumentos mensuales en las prepagas de 6,9% en diciembre pasado y en el actual mes de enero.

Los usuarios que tengan ingresos netos mensuales menores a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil -monto equivalente en la actualidad a $371.718- no podrán recibir incrementos en sus cuotas que sean superiores al 90% del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

Este nuevo esquema abarcará a más de 1.600.000 personas que contratan prepagas de manera directa o que optan por derivar sus aportes de obras sociales a entidades que suscriban convenios con las empresas, quienes no cuentan con capacidad de negociación del servicio que contratan.

No incluye a quienes reciben cobertura a través de planes corporativos que suscriben sus empleadores a través de contratos privados negociados entre las partes, cuyos planes se regirán por otros esquemas de aumentos.

Tomando como referencia el Ripte calculado a fines de diciembre, el aumento a aplicar de las prepagas será de 4,91% en febrero para quienes perciban hasta seis salarios mínimos.

Mientras tanto, para los titulares que superen dicho tope, las prepagas aplicarán incrementos mensuales que se regirán de acuerdo al Índice de Costos de Salud, lo cual implicará, en febrero, un aumento de 8,21%. La normativa no precisó si quienes soliciten el tope de aumento mensual podrán acceder a alguno de los nuevos planes con copagos.

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Presentan amparo judicial por Ganancias a la pesca

El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, presentó un recurso de amparo ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con el objetivo de anular la aplicación del Impuesto a las Ganancias en el sector marítimo.

La presentación judicial impulsada por el Capitán Mariano Moreno, en representación de los interés de los trabajadores marítimos, obedece a la reciente reimposición del pago de Ganancias, aprobada en el marco de la Ley de Bases, la cual revierte la exención obtenida por el gremio en 2023.

Durante el año 2023, a través de gestiones encabezadas por todos los gremios unidos, se logró una exención del Impuesto a las Ganancias que beneficiaba a los trabajadores del sector pesquero. Esta exención, que alcanzaba el 46% del salario bruto de los trabajadores de a bordo, fue posteriormente extendida a todas las actividades relacionadas con el gremio, resguardando así los ingresos de un colectivo de trabajadores que enfrenta condiciones laborales excepcionales.

El Capitán Moreno, expresó al portal Loquepasa.net la preocupación existente en la entidad ante lo que considera una medida regresiva y lesiva para los derechos laborales y el poder adquisitivo de los trabajadores. 'Sabemos el daño que puede ocasionar el saqueo del salario; no bajaremos los brazos ', enfatizó.

Mas adelante, el directivo destacó que la presentación del amparo reafirma el compromiso del gremio 'en la defensa de los derechos laborales y la protección del poder adquisitivo de los trabajadores marítimos'.

Moreno subrayó que la reincorporación de este impuesto constituye un grave atropello al esfuerzo realizado por los trabajadores, así como a las economías locales que dependen en gran medida del consumo generado por estos ingresos. Según explicó, la decisión de llevar el tema a la justicia responde al potencial impacto negativo que la medida tendría sobre los salarios, ya que representa una pauperización de las condiciones laborales.

Ante esta situación, el gremio solicita a la justicia que considere la eliminación de este capítulo de la Ley de Bases, tal como lo había dispuesto previamente la Cámara de Senadores, y que falle a favor de los trabajadores.

Foto ElDestape.com

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No quiere pensión vitalicia a ex presidentes condenados

El presidente Javier Milei manifestó su respaldo al proyecto de ley del diputado del PRO Damián Arabia para quitarle la pensión vitalicia a ex presidentes y y ex vicepresidentes condenados penalmente.

"Me encanta la idea...Desde mi visión las jubilaciones no deberían existir y por ello yo renuncié a la misma...", escribió Milei en su cuenta de X.

De esa forma, el mandatario recordó que en junio pasado anunció su renuncia a la jubilación vitalicia, también denominada "de privilegio", que le correspondería cobrar como ex presidente una vez que deje el Sillón de Rivadavia.

El proyecto de Arabia estipula remover la pensión vitalicia a ex presidentes y ex vicepresidentes condenados penalmente, como también suspenderlas provisoriamente en caso de procesamiento penal.

Luego del escándalo que envuelve al ex mandatario Alberto Fernández por la denuncia de violencia de género de su ex esposa Fabiola Yáñez, algunos dirigentes políticos salieron a pedir que Milei le revoque la jubilación vitalicia, entre ellos la legisladora porteña Graciela Ocaña.

"Las jubilaciones de privilegio -dijo Ocaña- tienen en su origen un costado de reconocimiento honorífico al ciudadano que desempeñó el cargo de Presidente. Está claro que Alberto Fernández no tiene honor y es una vergüenza para todos los argentinos".

Pese al pedido de Ocaña al mandatario, todo indica que finalmente la iniciativa irá por los carriles del Congreso, donde debería ser aprobada en Diputados y en el Senado, y en caso de que así sea, Fernández se quedaría sin ese beneficio.

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Créditos para hogares y Pymes

Con el objetivo de fomentar las ventas del sector y a su vez, ayudar a los usuarios de luz y gas a mejorar la eficiencia energética de sus hogares o empresas, ya está en marcha el “Programa de Reconversión y Eficiencia Energética”, a través del cual se podrán comprar electrodomésticos para el hogar en hasta 24 cuotas sin interés.

El plan de Gobierno de Javier Milei está disponible para quienes tienen cuenta en Banco Nación, dado que los productos a la venta están dentro de la Tienda BNA. La intención oficial es que en las próximas semanas se sumen otra y tiendas virtuales.

Por otro lado, el BNA ofrecerá dos líneas de financiamiento: una para hogares por hasta $25 millones y un plazo de devolución de hasta cinco años con tasa fija del 43% anual; la otra destinada a pymes e industrias, sin límite de monto y plazo de devolución de hasta 10 años, con tasa de 27% anual el primer año y luego quedará atada a la

En el programa, la tienda del BNA ofrece televisores, hornos, microondas, lavarropas, secarropas, lavavajillas, aires acondicionados, ventiladores, calefactores, heladeras, freezers, lámparas led, ventanas, puertas, pinturas y cortinas blackouts.

Las claves del programa

Quienes deseen acceder al nuevo programa de financiamiento deberán tener en cuenta las siguientes claves:

  • Es necesario tener una cuenta en el Banco Nación.
  • En la tienda BNA ya están disponibles electrodomésticos en hasta 24 cuotas sin interés.
  • Hogares y empresas podrán acceder a préstamos para financiar la compra de artefactos pero también materiales de obra y estudios para mejorar la eficiencia energética.
  • Los usuarios residenciales podrán pedir hasta $25 millones a cinco años, con tasa fija del 43% anual.
  • Comercios e industrias pyme no tienen tope de monto, el plazo de devolución es de 10 años y la tasa LIP de 27% para el primer año que luego será BADLAR.
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