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Comienza el juicio oral por la muerte de Fernando Báez Sosa
1 de enero de 2023
Los ocho rugbiers acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa, el joven de 18 años asesinado a golpes en enero de 2020 a la salida de un boliche en la localidad balnearia de Villa Gesell, fueron trasladados esta madrugada a cárcel de Dolores, donde mañana comenzarán a ser juzgados, informaron fuentes judiciales.
Cerca de las 8 de la mañana de hoy, un móvil del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) trasladó a Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) desde la Alcaidía 3 del penal bonaerense de Melchor Romero hacia la Unidad 6 de Dolores, donde estuvieron detenidos entre el 29 de enero y el 13 de marzo de 2020,
Según detallaron las fuentes, los ocho rugbiers quedarán alojados allí -en celdas de dos personas- para mañana a primera hora ser trasladados al Palacio de Tribunales de Dolores, ubicado en la calle Belgrano 141 de esa ciudad.
Allí, en la sala de audiencias de la Cámara de Apelaciones, la misma en la que casi 23 años atrás se realizó el debate oral por el crimen del reportero gráfico José Luis Cabezas, serán juzgados por el Tribunal en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores por el delito de «homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas», en perjuicio de Báez Sosa (18) y las lesiones sufridas por cinco de sus amigos durante el ataque.
En tanto, está previsto que los padres de Fernando, Silvino Báez y María Graciela Sosa, lleguen esta tarde a Dolores.
Las audiencias se desarrollarán desde las 9 a lo largo de 22 jornadas, aunque el cronograma podría modificarse a partir del número final de testigos que declaren, sobre una lista original de 177, algunos de los cuales ya fueron desistidos por las partes.
El tribunal estará integrado por los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari, mientras que los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García intervendrán por parte del Ministerio Público.
A su vez, los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola encabezarán la representación de los padres de la víctima en calidad de particular damnificado, mientras que la defensa de los imputados estará a cargo de Hugo Tomei.
Según fuentes cercanas a la defensa, los ocho imputados seguirán de manera presencial cada audiencia.
En la jornada inicial presentarán su acusación los fiscales y la querella, mientras que luego planteará sus lineamientos Tomei, defensor particular desde el comienzo de la causa.
Finalizadas las intervenciones de las partes, declararán como testigos en la primera jornada únicamente Graciela Sosa Osorio y Silvino Báez, padres de Fernando.
Fuentes cercanas a la causa indicaron que la intención de la defensa es que los imputados no brinden declaración en el arranque del juicio, y la posibilidad de que lo hagan luego será evaluada una vez agotada la lista de testigos.
La última jornada de testimonios coincidirá con el tercer aniversario del crimen, e incluirá las declaraciones del padre de Benicelli y el de Luciano y Ciro Pertossi, y de las madres de Lucas Pertossi, Comelli y Viollaz.
Además, declararán un joven de Zárate que había denunciado semanas antes a uno de los acusados por otra agresión, un amigo de los imputados que fue señalado por la querella como el «sospechoso número 11», y cerrarán los testimonios Juan Pedro Guarino y Alejo Milanesi, imputados y detenidos en el inicio de la causa y sobreseídos al momento de la elevación a juicio.
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Aeronáuticos ratifican ante la OIT las denuncias contra Milei
Cuatro sindicatos del sector aeronáutico ratificaron y ampliaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las denuncias contra el Gobierno por “violaciones al derecho de huelga, el deterioro de las condiciones laborales y la persecución de los líderes sindicales”.
Los gremios que hicieron las presentaciones fueron la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA).
Juan Pablo Brey (Aeronavegantes), Pablo Biró (APLA), Rubén Fernández (UPSA) y Edgardo Llano (APA), reafirmaron su “compromiso inquebrantable” con la protección del derecho de huelga, reconocido como “una herramienta esencial de los trabajadores para defender sus derechos laborales, salariales y convencionales”.
Al respecto, Brey destacó el trabajo conjunto realizado desde el sector aeronáutico en la defensa de las condiciones laborales y de los derechos de todos los trabajadores del sector. En este sentido, afirmó que “sin derecho de huelga no hay libertad sindical plena” y que sin esta libertad “no es posible garantizar un trabajo digno”.
Además, repudió cualquier intento de utilizar la declaración de esencialidad, contenida en la Ley de Reforma Laboral, como “un mecanismo para restringir o limitar el ejercicio legítimo de la acción sindical”.
Y añadió: “La seguridad operacional y la prestación de servicios públicos no pueden ser justificativos para ignorar derechos fundamentales establecidos en la normativa nacional e internacional”.
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Kicillof presentó su libro ‘De Smith a Keynes’ en la UTN de Córdoba
En el marco de su visita a la provincia de Córdoba, el gobernador Axel Kicillof presentó este viernes su libro “De Smith a Keynes. Siete lecciones de historia del pensamiento económico”, en el auditorio de la UTN Regional Córdoba, junto al ministro de Gobierno, Carlos Bianco; el rector de la UTN, Rubén Soro; y el decano de la Regional Córdoba, Federico Olivo Aneiros.
Durante la jornada, el Gobernador suscribió convenios con la UTN para el dictado de 10 nuevas carreras en el marco del programa Puentes, y para realizar trabajos conjuntos entre el laboratorio de maquinaria agrícola, vial y minera de la facultad y las Chacras Experimentales bonaerenses.
En tanto, junto al intendente de Cosquín, Raúl Cardinali, firmó acuerdos para impulsar y promover el turismo y la cultura entre ambas jurisdicciones.
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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

