País
Ahora, Precios Justos
11 de noviembre de 2022
El Gobierno nacional dio a conocer las principales características del nuevo programa Precios Justos, que regirá desde hoy viernes y abarcará a 1.500 productos elaborados por un centenar de empresas por un término de 120 días.
El nuevo programa para combatir a la inflación abarcará a todo el país y desde el Ministerio de Economía aclararon que no se trata de un congelamiento de precios sino de «un acuerdo voluntario entre el Estado, empresas de consumo masivo, cámaras mayoristas y supermercados».
El acuerdo establece que los productos que se mantendrán con precios fijos ingresan en el programa a un precio hasta un 4% superior al promedio registrado durante octubre de 2022 y se mantendrán estables los próximos 120 días.
Mientras que el resto de los productos que comercializan las empresas que se suman al programa tendrán una pauta de aumento mensual de hasta el 4% para los mismos 120 días en el precio de venta a los supermercados y mayoristas, según informa la agencia Telam .
«A su vez, el Estado otorga garantía y certidumbre en el proceso de importación de bienes intermedios, bienes terminados que son parte de la cadena de valor e insumos para las empresas que se comprometen en este acuerdo de precios», indicaron a Télam fuentes oficiales.
Del acuerdo participan alrededor de cien empresas, que representan el 86% del consumo masivo en el país y entre las que se destacan Molinos, Coca Cola, Unilever, Quilmes, Mastellone, AGD, Ledesma y Las Marías, entre otras. «Además, los supermercados podrán abastecer con productos de marcas propias», se indicó.
Los interesados podrán consultar los productos y cadenas comerciales adheridas al programa ingresando a partir de mañana a https://www.argentina.gob.ar/preciosjustos o bien a través de una aplicación por celular, disponible en Android e IOS, además de dos chatbots para el canal minorista (+54 9 11 2879 0887) y mayorista (+54 9 11 2524 4728).
En el marco de los operativos de fiscalización para corroborar el cumplimiento de los acuerdos nacionales, la Secretaría de Comercio firmará convenios con intendentes e intendentas para fortalecer los monitoreos, de modo tal de ampliar la dotación de fiscalizadores en todo el país.
La Secretaría dará a las municipalidades «las pautas técnicas y las capacitaciones necesarias para la realización de las inspecciones y luego el proceso de sanción se realizará a través de los mecanismos habituales que lleva adelante la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores», aclaró la repartición dirigida por Matías Tombolini.
Los acuerdos «se replicarán con distintos municipios de todo el país para reforzar el carácter federal de la medida» y a su vez, Comercio precisó que «transferirá a la autoridad local correspondiente el 25% de lo recaudado por multas realizadas en cada distrito».
A los efectos de garantizar el cumplimiento de la pauta de precios acordada, la Secretaría continuará monitoreando de manera diaria la variación de precios a través del Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).
País
Aeronáuticos ratifican ante la OIT las denuncias contra Milei
Cuatro sindicatos del sector aeronáutico ratificaron y ampliaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las denuncias contra el Gobierno por “violaciones al derecho de huelga, el deterioro de las condiciones laborales y la persecución de los líderes sindicales”.
Los gremios que hicieron las presentaciones fueron la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA).
Juan Pablo Brey (Aeronavegantes), Pablo Biró (APLA), Rubén Fernández (UPSA) y Edgardo Llano (APA), reafirmaron su “compromiso inquebrantable” con la protección del derecho de huelga, reconocido como “una herramienta esencial de los trabajadores para defender sus derechos laborales, salariales y convencionales”.
Al respecto, Brey destacó el trabajo conjunto realizado desde el sector aeronáutico en la defensa de las condiciones laborales y de los derechos de todos los trabajadores del sector. En este sentido, afirmó que “sin derecho de huelga no hay libertad sindical plena” y que sin esta libertad “no es posible garantizar un trabajo digno”.
Además, repudió cualquier intento de utilizar la declaración de esencialidad, contenida en la Ley de Reforma Laboral, como “un mecanismo para restringir o limitar el ejercicio legítimo de la acción sindical”.
Y añadió: “La seguridad operacional y la prestación de servicios públicos no pueden ser justificativos para ignorar derechos fundamentales establecidos en la normativa nacional e internacional”.
País
Kicillof presentó su libro ‘De Smith a Keynes’ en la UTN de Córdoba
En el marco de su visita a la provincia de Córdoba, el gobernador Axel Kicillof presentó este viernes su libro “De Smith a Keynes. Siete lecciones de historia del pensamiento económico”, en el auditorio de la UTN Regional Córdoba, junto al ministro de Gobierno, Carlos Bianco; el rector de la UTN, Rubén Soro; y el decano de la Regional Córdoba, Federico Olivo Aneiros.
Durante la jornada, el Gobernador suscribió convenios con la UTN para el dictado de 10 nuevas carreras en el marco del programa Puentes, y para realizar trabajos conjuntos entre el laboratorio de maquinaria agrícola, vial y minera de la facultad y las Chacras Experimentales bonaerenses.
En tanto, junto al intendente de Cosquín, Raúl Cardinali, firmó acuerdos para impulsar y promover el turismo y la cultura entre ambas jurisdicciones.
País
Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

