País
Migraciones simplifica requisitos para viajar al exterior
9 de abril de 2022
La directora nacional de la Dirección Nacional de Migraciones, Florencia Carignano, anunció que, desde ahora, ya no se deberá completar una declaración jurada para salir del país, en el marco de una serie de medidas que viene adoptando el gobierno nacional para simplificar los requisitos para viajar.
“Seguimos simplificando los requisitos de viaje. Ya no se deberá llenar la Declaración Jurada para salir del país. Los mismos datos ahora serán consignados por un inspector en el trámite migratorio. Solamente deberá llenarse la DDJJ para el ingreso al territorio nacional”, informó Carignano en las últimas horas en su cuenta de Twitter.
Esta semana, el Gobierno nacional flexibilizó el ingreso al país y estableció nuevas medidas de sanidad en las fronteras, al considerar necesario “una paulatina y gradual reducción de los requisitos impuestos” por la normativa de emergencia dispuesta por el coronavirus.
Según informaron desde el Ministerio de Salud, se trata de “un conjunto de medidas tendientes a simplificar los requisitos impuestos por la normativa de emergencia de Covid-19”.
Ya no se deberá llenar la Declaración Jurada para salir del país Los mismos datos ahora serán consignados por un inspector en el trámite migratorio.
Carignano -en su cuenta de Twitter- informó sobre los “10 primeros pasos terrestres que vuelven a funcionar las 24 horas tal cual funcionaban antes de la pandemia”.
Estos 10 pasos internacionales que ya operan libremente son Bernardo de Irigoyen, Clorinda, Colón, Concordia, Gualeguaychú, Iguazú, Paso de los Libres, Posadas, Salvador Mazza, Santo Tomé.
“Vamos a seguir informando día a día las aperturas y horarios de todos los pasos”, concluyó Carignano.
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Caso Loan: uno de los hermanos compró una moto de alta gama
Uno de los hermanos de Loan aseguró que las donaciones que recibieron fueron "transparentes y están documentadas", a la vez que indicó que la moto de alta gama comprada hace pocos días es para que puedan moverse y "continuar la búsqueda" del pequeño.
En medio de diversas suposiciones por la interna familiar, los montos millonarios hallados en cuentas de Mercado Pago de dos de los hermanos de Loan pusieron en cuestionamiento el accionar bancario de los cercanos del niño durante la búsqueda.
En este sentido, la semana pasada se informó que José y Mariano Peña habían recibido más de $150 millones en sus billeteras virtuales luego del análisis de sus cuentas bancarias por pedido de la jueza Cristina Penzo.
“Las donaciones que recibimos han sido manejadas de manera transparente y están documentadas”, aclaró José y explicó que la billetera fue intervenida y que “no tienen nada que esconder”.
Asimismo, habló sobre la cuestionada moto de alta gama que fue comprada hace pocos días: “Fue para poder movernos y continuar la búsqueda de Loan. No tiene nada que ver con las donaciones”.
Frente a esta situación, el joven manifestó que, a casi 60 días del inicio de la búsqueda de Loan, no quieren que la causa se pierda en “conjeturas”.
“No queremos más especulaciones ni comentarios triviales. La familia está pasando por un momento muy difícil y estamos enfocados en encontrar a Loan”, expresó.
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Eliminan la obligación de registrar en AFIP los contratos de alquiler
Solamente habrá que hacerlo si los propietarios quieren adherirse a beneficios fiscales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, aunque sí deberán hacerlo aquellos contribuyentes que deseen obtener los beneficios fiscales que otorga la ley.
La norma rige a partir de la Resolución General 5545/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial y deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551.
La resolución marca que desde hoy los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para su validez.
Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes el 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos posteriores a su celebración.
Los interesados deberán hacerlo a través de la web del organismo.
Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.
En línea con dicha medida los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024 también publicada hoy, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.
Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.
Vale recordar que la AFIP ya derogó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país. Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.
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Justicia solicitó a los medios evitar la difusión de las fotos de Fabiola golpeada
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº7, a cargo de Ramiro González, y la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), cuya titular es Mariela Labozzetta, exhortaron a los medios de comunicación a evitar la difusión de imágenes de la ex primera dama, Fabiola Yáñez, vinculadas a los hechos de violencia de género por los que fue denunciado el expresidente y expareja de la damnificada, Alberto Fernández.
La solicitud busca evitar la revictimización de la denunciante y se basa en las recomendaciones de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección de las Víctimas (DOVIC), a cargo de Malena Derdoy.
En este caso, en el que se investigan hechos de violencia contra las mujeres, resultan de aplicación los mandatos de tratados internacionales, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belén do Pará), así como las leyes nacionales que promueven el respeto de los derechos de las mujeres y víctimas de delitos: Ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y Ley 27.372, de derechos y garantías para personas víctimas de delitos.
Las fotos, que al parecer estaban en el teléfono celular de María Cantero, exsecretaria de Fernández, se filtraron el jueves pasado a los medios de comunicación. Las imágenes surgieron a partir del peritaje de las comunicaciones de Cantero en el marco de otra causa, que investiga al expresidente y varios funcionarios por tráfico de influencias.