País
A los beneficios de Zona Fría se suman planes de pago de gas
1 de julio de 2021
Las empresas distribuidoras de gas deberán ofrecer planes de facilidades de hasta 30 cuotas a los usuarios beneficiados por la suspensión de cortes de servicio que rigió desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre del año pasado, para cancelar las deudas que se hubieran generado.
Así lo estableció el Ministerio de Economía a través de la resolución 383/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma determinó que «las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar a los usuarios y a las usuarias residenciales y no residenciales beneficiados por la suspensión de cortes de servicio establecida en el decreto 311/2020, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas».
Esto «para cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del decreto; sin perjuicio que el usuario o la usuaria pueda solicitar fehacientemente ante la prestadora su cancelación con anterioridad o en menor cantidad de cuotas”.
El decreto 311 suspendió los cortes de servicio en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.
La resolución también fijó que la tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades destinados a usuarias y usuarios residenciales y no residenciales, “no podrá exceder el 50% de la tasa pasiva nominal anual para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días del Banco Nación del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos”. Además indicó que en ambos casos “los intereses no podrán ser capitalizables”.
Asimismo, la normativa definió que “la falta de pago o mora en el pago de tres cuotas consecutivas o seis alternas, por parte de los usuarios y las usuarias que hayan adherido a un plan de facilidades, habilitará a las prestadoras al corte del suministro”.
También habilitó que “las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes podrán extender las condiciones de los planes de facilidades a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del decreto 311 y respecto de usuarias o usuarios no alcanzados por éste”.
Además, instruyó al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) a llevar a cabo todos los actos necesarios para controlar el cumplimiento de las pautas establecidas en esta resolución, y a autorizar la inclusión del plan de facilidades objeto de la presente en la factura final del servicio.
La medida alcanza a beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, a quienes perciban Pensiones no Contributivas y tengan ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), a usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social, a jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados, y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVyM.
También abarca a monotributistas de categorías cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos SMVyM, a usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo, personas electrodependientes, a quienes estén dentro del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares y a exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
Además, se benefician de esta medida las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia, las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en Inaes, las instituciones de salud, públicas y privadas, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos.
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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.
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Escándalo en la AFA: los veedores judiciales no pudieron entrar
Los técnicos del Ministerio de Justicia se encontraron con la sede de Viamonte cerrada y un cartel que derivaba la atención a Pilar. La IGJ investiga inconsistencias por USD 450 millones en los balances de la gestión de Claudio Tapia.
En un nuevo capítulo de la creciente tensión entre la Casa Rosada y la conducción de Claudio "Chiqui" Tapia, los veedores designados por el Ministerio de Justicia de la Nación no pudieron ingresar este miércoles a la sede histórica de la calle Viamonte. El operativo, que buscaba dar inicio a una fiscalización de 180 días sobre los balances y contratos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), terminó con una nota dejada por debajo de la puerta y un conflicto de jurisdicciones que promete escalar a la Justicia.
El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena, enviados oficiales del Gobierno, llegaron a las 13 a la sede central con el objetivo de requerir documentación contable y administrativa. Sin embargo, se encontraron con el edificio cerrado y un cartel que indicaba que la administración debía buscarse en un predio de Pilar, en la provincia de Buenos Aires.
El conflicto por el domicilio y los US$ 450 millones
La Inspección General de Justicia (IGJ) sostiene que la AFA ha fallado en explicar inconsistencias por USD 450 millones en sus balances de los últimos ocho años. Además, el Gobierno investiga la creación de una universidad no registrada y contratos con empresas bajo la lupa por presunto lavado de dinero, como TourProdEnter y SurFinanzas.
El intento de la AFA de trasladar su sede social a Pilar es visto por el Ministerio de Justicia como una "maniobra de evasión" para salir de la órbita de control de la IGJ (que tiene competencia en CABA) y pasar a la jurisdicción bonaerense. Esta mudanza ya había sido rechazada por el organismo estatal al constatar que en el predio de Pilar no existen instalaciones administrativas operativas.
PUERTAS CERRADAS. El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena llegaron a la sede de la AFA para iniciar la veeduría, pero debieron dejar el pedido bajo la puerta al no ser recibidos por ninguna autoridad.
Fotos: RSFotos
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Pesqueros extranjeros ingresan a Mar Argentino en busca de resguardo
La Prefectura Naval Argentina monitorea el ingreso de más de 140 buques pesqueros extranjeros a la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) ante el fuerte temporal pronosticado para el Atlántico Sur.
La tarea fue adoptada luego de que distintas empresas y asociaciones pesqueras solicitaran refugio preventivo frente a las condiciones meteorológicas adversas previstas para los próximos días. En ese contexto, el Servicio Meteorológico Nacional emitió un aviso de temporal para la región, difundido a la comunidad marítima a través de las estaciones costeras de la Prefectura Naval Argentina desplegadas sobre el litoral marítimo.

Las embarcaciones permanecerán en sectores determinados de la ZEEA durante aproximadamente tres días.
La Prefectura estableció que los buques deberán cumplir estrictamente las disposiciones establecidas por el Régimen Federal de Pesca y por el “Procedimiento de actuación ante solicitud de la flota pesquera extranjera para ingresar a la Zona Económica Exclusiva Argentina en busca de resguardo por condiciones meteorológicas desfavorables”, implementado en el marco de las facultades del Estado ribereño y de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
Entre las medidas impuestas se encuentra la prohibición absoluta de realizar tareas de pesca, investigación o exploración mientras permanezcan dentro de aguas jurisdiccionales argentinas. Asimismo, las embarcaciones deberán mantener sus artes de pesca aseguradas sobre cubierta, conservar apagadas las luces vinculadas a maniobras pesqueras y mantener activos de forma permanente los sistemas AIS de identificación y posicionamiento para permitir el monitoreo continuo por parte de la Autoridad Marítima.
Además, los capitanes deberán, por razones de seguridad de la navegación y preservación de la vida humana en el mar, mantener escucha radial permanente con la estación costera correspondiente e informar periódicamente su posición durante toda la permanencia en la zona de abrigo.

En paralelo, la flota pesquera nacional también adoptó medidas preventivas y se desplazó hacia áreas seguras para evitar los efectos del temporal.
La Prefectura Naval Argentina informó que continuará realizando el seguimiento permanente de las embarcaciones mediante el Sistema Guardacostas y las distintas estaciones costeras desplegadas a lo largo del litoral marítimo, manteniendo informadas a las autoridades nacionales competentes sobre la evolución de la situación.

