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Energía renovable
8 de mayo de 2021
Una empresa marplatense ensambla el primer aerogenerador de la Provincia con el mayor índice de tecnología nacional. Se trata de QM Equipment. Es el primer dispositivo fabricado en un 70% por la industria nacional y abastecerá alrededor de 1200 casas de familia.
La empresa local QM Equipment, que se dedica tradicionalmente a la producción de equipamiento para la extracción de petróleo, incursiona en la industria eólica y ensambla el aerogenerador fabricado con mayor porcentaje de tecnología nacional que será instalado en la provincia de Buenos Aires. El NRGP 1,5 II estará situado en la localidad de Castelli y dará abastecimiento a 1200 hogares.
El secretario de Desarrollo Productivo e Innovación, Fernando Muro celebró: “Este es un proyecto de fabricación y ensamble que apuesta por las energías renovables y puede llegar a abastecer hasta 1200 hogares”.
Ubicada en el Parque Industrial de la ciudad, QM es pionera en el diseño y desarrollo de equipos destinados a la industria del petróleo. En la actualidad, realiza la apertura de una nueva unidad de negocios relacionada con la energía renovable a través de la producción y ensamble de aerogeneradores.
“Creemos que hay que empezar a mirar al futuro con otros ojos y apostar por energías un poco más limpias y sustentables”, sostuvo Sofía Díaz Vélez, una de las mujeres que integran la oficina de producción de QM Equipment y se encuentran a cargo de distintos proyectos.
Asimismo, la empresa se está diversificando e incursiona en la fabricación de maquinaria para la industria del agro.
Desde la compañía destacan que durante las licitaciones del programa RenovAr se realizó una gran apuesta en las energías renovables, no obstante, toda la tecnología instalada provenía desde el exterior.
NRG Patagonia -una empresa de Comodoro Rivadavia- es la marca del dispositivo adaptado específicamente para los vientos de la Provincia de Buenos Aires, este aerogenerador está constituido por un 70% de inversión productiva real en Argentina. De esta manera, es el primero en la provincia en poseer un índice tan elevado de producción nacional.
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Portada digital del día 17/2/2026
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SE RENUEVAN EXPECTATIVAS
Tras el fin de semana largo por los Carnavales, todos los sectores vinculados a la actividad tutística ya tienen puesta la expectativa en el próximo fin de semana largo de cuatro días en marzo, mientras que este año las Pascuas en abril llegan con una coincidencia sorpresa.
Los trabajadores tendrán en marzo un feriado de cuatro días, aunque con una salvedad. Es que el Gobierno nacional estableció que el lunes 23 de marzo (como el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre) sea agregado como días no laborables adicionales en una disposición que comienza a regir desde el día posterior a su publicación y que se suma a los feriados ya previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, normativa que regula los días festivos nacionales.
De esta manera, el feriado no laborable del lunes 23 de marzo permitirá un descanso extendido en torno al feriado del 24 de marzo cuando se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, que comenzará el sábado 21.
En tanto, las Pascuas también conformarán un fin de semana extra largo de cuatro días. Esto se debe a la coincidencia del feriado por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas con el inicio de la Semana Santa.
La particularidad es que el 2 de abril, que la Iglesia marca como Jueves Santo, coincide con la conmemoración por Malvinas, un feriado nacional inamovible en Argentina.
Habitualmente, el Jueves Santo es considerado día no laborable, lo que significa que cada empleador define si se trabaja o no. Sin embargo, al coincidir con un feriado nacional, en 2026 tendrá el carácter de feriado obligatorio. De esta manera, el fin de semana largo quedará conformado por jueves 2, viernes 3, sábado 4 y domingo 5 de abril, generando una de las pausas más extensas del primer semestre del año.
Feriados vs. Día no laborable
Sí el día en cuestión es considerado feriado, se trata para la ley de una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical.
Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador.
El calendario de feriados 2026
- Marzo
Lunes 23: día no laborable con fines turísticos.
Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
- Abril
Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) que este año coincidirá con el Jueves Santo (día no laborable).
Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
- Mayo
Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
- Junio
Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se conmemora el 17, pero se trata de un feriado trasladable).
Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
- Julio
Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
- Agosto
Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (es considerado un feriado trasladable, pero no se modificaría la fecha este año).
- Octubre
Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, que este año permanecería sin modificaciones al ser un lunes).
- Noviembre
Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (la fecha original es el viernes 20 de noviembre, pero se confirmó el traspaso para que haya un fin de semana largo).
- Diciembre
Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).

