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Retiran más de 300 toneladas de residuos

Recogen restos de poda y jardinería en distintos barrios de la ciudad.

25 de noviembre de 2020

El equipo del Departamento de Higiene Urbana del Ente Municipal de Servicios Urbanos (Emsur) comunicó que recogió más de 300 toneladas de residuos entre restos de poda y jardinería y residuos domiciliarios en distintos barrios de la ciudad. Por otra parte, también se realizaron 67 mil metros cuadrados de corte de pasto entre instituciones públicas municipales, plazas, plazoletas y otras áreas de dominio público.

Cabe recordar que Higiene Urbana es el área encargada del saneamiento de microbasurales en barrios de General Pueyrredon junto al servicio de almejero y motopala que brinda la empresa 9 de Julio, bajo supervisión del Departamento de Prestaciones Privadas del ente.

Contabilizando los recorridos realizados por el equipo de camión almejero y camiones volcadores de Higiene Urbana, esta semana se levantaron alrededor de 320 toneladas de residuos compuestos por restos de poda de árboles y/o arbustos, ramas, raíces, y residuos de tipo domiciliarios que son vertidos de forma indebida en la vía pública, en los barrios Belgrano, El Caribe, Belisario Roldán, Barrio Parque Camet, Don Emilio,2 de abril, Autódromo y en la calle Azopardo (en el tramo que va de 220 a 228).

“Es fundamental que los vecinos colaboren con la limpieza en la ciudad y si van a sacar residuos voluminosos a la calle, lo hagan el día en que pasa el almejero por su barrio”, señaló al respecto el titular del Emsur, Sebastián D’Andrea. “Si el volumen supera el metro cúbico, recordamos que se debe contratar un contenedor; lo mismo si se trata de restos de poda y jardinería. En ese caso, también se puede consensuar previamente con el podador, que sea él quien lleve los restos al predio”, agregó. 

Además, se trabajó de forma coordinada con el Departamento de Poda para la recolección de restos de poda generados tras su intervención en el barrio Alfar.

Se recuerda a los interesados que para saber cuándo pasa el almejero por el domicilio, se puede ingresar en www.mardelplata.gob.ar/limpieza

CORTE DE PASTO

Por otra parte, se cortó el pasto con cuadrillas de motoguadañas y tractor, alcanzando un estimado de 67 mil metros cuadrados, en los siguientes sitios: Jardines Infantes Municipales Nº16, 24 y 26;  Escuelas Municipales Nº1 y 7; el Hogar de Tránsito Galé; los Talleres Protegidos; la Casa del Niño Grillito; la Fundación APROME (Asociación Protectora de Menores) y las plazas Antártida Argentina, El Atardecer, El Amanecer y Los Eucaliptus, además de la manzana delimitada por avenida Paso, Vieytes, Lamadrid y Las Heras.

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Justicia volvió a avalar el cobro de la tasa vial

El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 rechazó un amparo de la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata (Cetac) contra el cobro de la tasa vial, lo que representa un nuevo respaldo judicial a la constitucionalidad del tributo.

En la sentencia, el juez Simón Isacch desestimó los planteos de la Cetac, que había cuestionado la tasa vial por considerar que constituye un impuesto al consumo “encubierto” y que resulta incompatible con el Régimen de Coparticipación Federal.

La entidad empresaria también había planteado la existencia de una “doble imposición”, debido a que la tasa vial coexiste con el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, lo que, según su interpretación, contradice disposiciones de la Constitución Nacional.

Otro de los argumentos de la Cetac apuntaba a la falta de una relación directa entre el pago del tributo y el servicio de mantenimiento vial. La cámara sostuvo que no todas las personas que abonan la tasa utilizan las calles de la ciudad y que, a la inversa, existen usuarios de la red vial que no pagan el gravamen.

Frente a esos planteos, el Municipio sostuvo que la tasa vial no constituye un nuevo tributo, sino un componente de la Tasa de Servicios Urbanos destinado al mantenimiento de las calles, que fue separado para comenzar a percibirse a través del consumo de combustible. También defendió la existencia de una prestación concreta como contraparte del pago: la conservación y el mantenimiento de la red vial municipal.

En sus fundamentos, Isacch se ajustó al criterio establecido por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que a fines de 2024 había rechazado una demanda similar presentada por el entonces diputado provincial Guillermo Castello.

El antecedente tenía además una particularidad: en una resolución anterior, el propio Isacch había declarado la inconstitucionalidad de la tasa vial a partir de los planteos formulados por Castello. Sin embargo, al analizar ahora la demanda de la Cetac, el magistrado adoptó el criterio fijado posteriormente por la Cámara de Apelaciones, con el argumento de que un nuevo pronunciamiento en sentido contrario probablemente sería revocado en una instancia superior.

En aquel fallo, la Cámara había considerado que la red vial constituye un servicio “uti universi”, es decir, destinado a la comunidad en general. Por ese motivo, entendió que no es necesario que exista una utilización “individualizada” del servicio por parte de cada contribuyente. Según ese criterio, alcanza con que la prestación esté organizada y sea efectivamente brindada a la comunidad.

El tribunal también había establecido que el hecho imponible de la tasa no debe definirse exclusivamente a partir del elemento utilizado para cuantificarla -en este caso, los litros de combustible-, sino que debe considerarse la causa jurídica del gravamen: el financiamiento de un servicio municipal concreto.

A partir de esos argumentos, Isacch concluyó que la tasa vial no resulta análoga al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y que, por lo tanto, no configura una doble imposición prohibida por el Régimen de Coparticipación Federal.

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